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Asamblea Constituyente, aún al margen de la transparencia

El órgano que redacta lo que será la nueva Constitución de la Ciudad de México no está en el padrón de sujetos obligados del InfoDF

Hace casi mes y medio que se instaló la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México y los ciudadanos aún no pueden pedirle información, pues el órgano que discutirá y aprobará la Constitución de la capital no está, todavía, en el padrón de sujetos obligados a la transparencia.

 

El padrón de sujetos obligados es la lista de autoridades, entidades, organismos del poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Ciudad, las delegaciones, órganos autónomos, paraestatales, universidades públicas, partidos, sindicatos, entre otros, que deben cumplir con la Ley de Transparencia local.

 

Publimetro constató que la Asamblea Constituyente no está incluida en el padrón de sujetos obligados a la transparencia del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos de la Ciudad de México (InfoDF) ni de la Plataforma Nacional de Transparencia.

 

Lo anterior pese a que la ley en la materia indica que son sujetos obligados aquellos que reciban y ejerzan recursos públicos, realicen actos de autoridad o de interés público, y es el caso de la Asamblea Constituyente, encargada de dotar a la Ciudad de México de su primera Carta Magna.

 

Este diario consultó al presidente de la Mesa Directiva de la Constituyente, Alejandro Encinas, quien señaló que la Asamblea debe ser sujeto obligado a la transparencia pues “qué mayor acto de autoridad realiza que discutir la Constitución de la Ciudad de México”.

 

Dicho órgano, si bien no ha recibido y administrado recursos públicos de manera directa, ha estado relacionado indirectamente con éstos ya que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México destinó 50 millones de pesos para apoyo logístico a la Asamblea.

 

El comisionado del InfoDF, David Mondragón Centeno, adelantó a Publimetro que en los próximos días discutirán la integración de la Asamblea Constituyente al padrón de sujetos obligados, pero en su opinión así debe ocurrir, ya que analizar y aprobar la Constitución es un acto de amplio interés público.

 

El artículo 24 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México indica que los sujetos obligados deben “documentar todo acto que derive del ejercicio de sus atribuciones, facultades, competencias, procesos deliberativos y decisiones definitivas”.

 

De esta manera los ciudadanos podrían pedir a la Asamblea Constituyente los dictámenes a discusión en las Comisiones; las minutas de trabajo, los acuerdos, los procesos deliberativos, iniciativas propuestas por ciudadanos o diputados constituyentes, los recursos que ha ejercido, si fuera el caso.

 

Además la Asamblea Constituyente tendría que constituir el Comité de Transparencia, una Unidad de Transparencia y vigilar su correcto funcionamiento.

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