Conductores en el DF podrían evadir fotomultas

Si las autoridades no son cuidadosas al aplicar las fotomultas que operan desde el 10 de noviembre en la Ciudad de México, los automovilistas podrían tener una opción para defenderse: interponer un juicio de nulidad o de amparo.

Como antecedente está lo ocurrido el pasado 18 de noviembre en Saltillo, Coahuila, con el diputado local priísta Francisco Tobias, quien logró que un juez primero de distrito le concediera un amparo contra las fotomultas, al declararlas violatorias del artículo 16 de la Constitución.

Dicho artículo de la Carta Magna establece que todos los actos de autoridad deben estar fundados y motivados.

El diputado coahuilense argumentó esto y se libró de pagar tres fotomultas equivalentes a cuatro mil 96 pesos, incluso, en caso de haberlas pagado el municipio tendrá que devolverle  el dinero.

Como lo dio a conocer El Big Data Mx en su versión impresa de octubre, la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF) implementó un sistema de 40 fotomultas (cámaras de alta definición) para darle caza a todos los automovilistas que violen el Reglamento de Tránsito.

Dichas cámaras, que se encuentran en 40 intersecciones conflictivas del Distrito Federal registran la placa del automóvil infractor y por medio de correo certificado se entregan al ciudadano que violó al Reglamento.

A decir del Juez Tercero de Distrito, Alejandro  Avante  si en el formato donde se hace constar la fotomulta existen elementos vacíos o que no especifiquen el tiempo y lugar donde se cometió la infracción, el acto de la autoridad carecería de fundamento  lo cual inhabilitaría la validez de la multa y violaría el artículo 16 de la Constitución.

“La foto es un elemento de prueba, no es un acto de autoridad en sí mismo, aquí en realidad es que la prueba tiene que traducirse en un acto de autoridad que utilice a la fotografía como medio de prueba para imponer la sanción”, explicó a El Big Data Mx.

Avante expuso que el ciudadano podría promover un juicio de nulidad, por cada fotomulta, ante el Tribunal Contencioso Administrativo del Distrito Federal (TCADF) o el juicio de amparo en forma indirecta.

Pero en caso de que la fotomulta esté bien aplicada, dijo, no hay amparo que libre al ciudadano de pagar la infracción al Reglamento de Tránsito.

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