Conoce el ABC de la reforma política del DF

La transformación política y administrativa de la capital tardará por lo menos tres años, por lo que te invitamos a conocer la ruta de este proceso

El Senado aprobó ayer la reforma política del DF que permitirá a la Ciudad de México tener su propia Constitución, pero para que la reforma entre en vigor se requiere del aval de más de la mitad de las legislaturas estatales.

Posteriormente, el INE tendrá 15 días para convocar a la elección de la nueva Asamblea Constituyente, programada para el 5 de junio de 2016, la cual será responsable de elaborar la Constitución a propuesta del jefe de gobierno, Miguel Ángel Mancera.

La Asamblea deberá concluir la discusión del proyecto el 31 de enero de 2017 para que el nuevo ordenamiento entre en vigor en septiembre de 2018.

En la Constitución se definirá el número, nombre y extensión territorial de las demarcaciones y sus facultades, además de la creación de órganos autónomos, como los que existen en el resto de las entidades federativas.

El ABC de la reforma

1. Se convertiría la capital del país en el estado número 32 de la República mexicana y sería denominado oficialmente como Ciudad de México.

2. Se reconoce autonomía plena a la Ciudad de México

3. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal tendría el reconocimiento de Congreso local, con facultades para proponer, ratificar o rechazar reformas constitucionales.

4. Las 16 delegaciones políticas existentes serían denominadas alcaldías, las cuales tendrían un edil y un consejo de elección popular, el cual se integraría mediante planillas de entre 11 y 15 integrantes.

5. Los Consejos de la Alcaldías podrán aprobar el proyecto de Presupuesto de Egresos de sus demarcaciones.

6. Se redactaría una Constitución para la Ciudad de México, por lo que se crearía una Asamblea Constituyente integrada por 100 diputados encargados de la deliberación y aprobación de la dicha Carta Magna.

7. 60 de esos legisladores serían electos por los ciudadanos del Distrito Federal, mediante el principio de representación proporcional, mientras 14 serán serían designados por el Senado de la República, 14 más por la Cámara de Diputados, 6 por el Presidente de la República y los 6 restantes por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal.

8. La elección de la Asamblea Constituyente sería el primer domingo de junio de 2016, para ser instalada el 15 de septiembre y con la intención de aprobar la Constitución de la Ciudad de México a más tardar el 31 de enero de 2017.

9. El Jefe de Gobierno del DF podrá nombrar y remover libremente al servidor público que ejerce el mando directo de la fuerza pública, en tanto que el Ejecutivo Federal podrá removerlo por causas graves, las cuales de determinarán en la ley que expida el Congreso de la Unión.

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