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Estados avalan Reforma de la Ciudad de México ¿Qué sigue?

Se deberá elegir la Asamblea Constituyente el 5 de junio e instalarse el 15 de septiembre

El miércoles la Reforma Política del Distrito Federal consiguió la aprobación de 17 Congresos estatales -el mínimo que se requiere- para su declaración de constitucionalidad y publicación en el Diario Oficial de la Federación, pero ¿ahora qué sigue?

De acuerdo con el senador Mario Delgado y con el diputado federal Jesús Zambrano, el próximo miércoles 20 de enero podría realizarse la publicación del decreto de la Reforma Política de la Ciudad de México en el Diario Oficial.

A partir de esa fecha el Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá un plazo de 15 días para lanzar la convocatoria para la elección de la Asamblea Constituyente que se encargará de elaborar, discutir, redactar y aprobar la nueva Constitución de la Ciudad de México. el Institu

¿Quién integrará el Constituyente?

 La Asamblea Constituyente estará integrada por 100 personas, de las cuales 60 serán electas por la ciudadanía en planillas que serán propuestas por los partidos políticos con representación en la capital del país. En esa lista los partidos podrán proponer a militantes o no del instituto político.

Las otras 40 personas serán designadas de la siguiente manera: la Cámara de Senadores tendrá 14 representantes; la Cámara de Diputados tendrá otros 14 representantes; en ambos casos pueden ser legisladores de otros estados y deberán pedir licencia al cargo 60 días antes de la elección.

Asimismo el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, designará a seis representantes del Gobierno Federal y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera, designará a otros seis, que pueden ser o no diputados de la Asamblea Legislativa (ALDF).

“Todos los diputados constituyentes ejercerán su cargo de forma honorífica, por lo que no percibirán remuneración alguna”, sentencia el decreto.

¿Habrá candidatos independientes?

El dictamen establece que sí habrá candidatos independientes que busquen llegar a la Asamblea Constituyente; en su caso deben cumplir requisitos como no estar registrado en los padrones de afiliados de los partidos políticos con fecha de corte a marzo.

Otro es no haber participado como precandidatos o candidatos a cargos de elección popular postulados por algún partido político o coalición en las elecciones federales o locales inmediatas anteriores a la elección de la Asamblea Constituyente.

¿Cuándo se eligen?

El decreto establece que la jornada comicial para la elección de los integrantes de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México se ralice el primer domingo de junio, es decir el día 5 de ese mes.

¿Cuándo se instala?

La instalación de la Asamblea Constituyente será el 15 de septiembre, y tiene como plazo máximo para aprobar la nueva Constitución de la Ciudad de México el 31 de diciembre de 2017 por las dos terceras partes de sus integrantes presentes.

Con la finalidad de cumplir con sus funciones, la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, deberá crear, al menos, tres comisiones para la discusión y aprobación de los dictámenes relativos al proyecto de Constitución.

¿Quién propone el borrador de la Constitución?

Es facultad exclusiva del Jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, elaborar y remitir el proyecto de Constitución Política de la Ciudad de México que será discutido, en su caso modificado, adicionado y votado por la Asamblea Constituyente.

El Ejecutivo local deberá remitir dicho proyecto a más tardar el día en que la Asamblea Constituyente celebre su instalación, es decir, el 15 de septiembre de 2015.

La Constitución Política de la Ciudad de México, entrará en vigor el día que ésta señale para la instalación de la Legislatura, excepto en lo que hace a la materia electoral, misma que será aplicable desde el mes de enero de 2017.

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