Jalisco

Diputadas aprueban castigar la violencia contra mujeres en medios de comunicación

En caso de que una persona ejecute actos de este tipo de violencia, jueces podrán solicitar el retiro inmediato de dicho mensaje

FOTO: Agencia Enfoque
Legisladores afirmaron que lo aprobado es un importante paso para combatir la violencia contra las mujeres.

Diputadas de la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género del Congreso del Estado aprobaron una reforma para incorporar la violencia mediática a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

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Se considera violencia mediática a todo acto por medios de comunicación que de manera directa o indirecta haga apología de la violencia contra las mujeres, genere estereotipos sexistas, difunda el odio sexista o la discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres. También es violencia mediática toda aquella que cause daño a mujeres y niñas de tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida.

“Incorporar el concepto de violencia mediática es muy importante desde el punto de vista cultural en México, donde los hombres pareciera ser que exhibir el cuerpo de una mujer, dañar psicológicamente, con esas visiones que se dan en distintas revistas y otros medios, pues que se le ponga un freno. Creo que este tipo de cosas no se pueden reproducir en las nuevas generaciones”, explicó En la diputada Claudia García, promotora de esta iniciativa.

La reforma aún requiere pasar al pleno para su aprobación.
Violencia mediática contra las mujeres será castigada en Jalisco ¿qué significa? La reforma aún requiere pasar al pleno para su aprobación.

Esta reforma podría obligar a medios de comunicación, agencias de publicidad u otros generadores de comunicación, a evitar cualquier tipo de mensaje que pudiera caer en contenido sexista o violento.

A quienes cometan esta falta, un juez podría a obligar el retiro inmediato del mensaje o publicación sin importar donde se encuentre. En caso de que se cometa esta falta, se aplicarán las acciones que marca la Ley General a una Vida Libre de Violencia y que regula a nivel nacional.

“La jueza o el juez ordenarán, de manera inmediata, las medidas de protección necesarias, ordenando vía electrónica o mediante escrito a las empresas de plataformas digitales, de medios de comunicación, redes sociales o páginas electrónicas, personas físicas o morales, la interrupción, bloqueo, destrucción, o eliminación de imágenes, audios, o videos relacionados con la investigación previa”, cita dicha norma federal.

La reforma aún requiere pasar al pleno del Congreso del Estado para su aprobación, pero cuenta con simpatía de varias de las bancadas.

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