Economía

Qué implica y cómo te afecta la reforma laboral

La reforma duplica el tiempo para solucionar conflictos entre empresas y trabajadores, eleva los gastos y mantiene atados a los sindicatos.

La reforma laboral, que ya fue aprobada por la mayoría de los Congresos locales y está lista para que el Ejecutivo federal la promulgue en los próximo días, no ofrece las garantías jurídicas para agilizar la solución de los conflictos laborales, como lo plantean sus promotores.

El dictamen, por el cual se modifican los artículos 107 y 123 de la Constitución mexicana, está centrado sólo en la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, la creación de Tribunales, y la elección de dirigentes sindicales a través del voto libre y secreto de los trabajadores.

Pero al mismo tiempo, busca mantener el control del Gobierno sobre los sindicatos e implica más burocracia y más gastos para el país, para los patrones y los empleados que buscan la solución de conflictos laborales.

Así lo advirtieron los especialistas de la UNAM y la Universidad Iberoamericana (UIA), y los analistas privados, quienes indicaron que los cambios aprobados están lejos solucionar asignaturas como la corrupción en la procuración de justicia laboral y la creación de empleos.

Enrique Larios, presidente del Colegio de Profesores de Derecho del Trabajo de la Universidad Nacional, advirtió que los cambios son inviables para el país, “porque se necesitan miles de millones de pesos» para ponerla en práctica, que no hay ante los de recortes al gasto público.

Luis Monsalvo Álvarez, catedrático del UIA, advirtió que si bien el traslado de la justicia laboral hacia el Poder Judicial –como lo plantea la reforma– es positivo, existe el riesgo de aplicar resoluciones jurídicas estrictas a los conflictos, pero alejadas de los criterios conciliatorios entre empresas y trabajadores establecidos por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

«Más allá de la desaparición de las Juntas de Conciliación o la creación de tribunales laborales, la reforma queda a deber en temas como la regulación del outsourcing o estrategias para impulsar la creación de empleos». Ivonne Vargas, analista en asuntos laborales y autora del libro Contrátame.

Para entender el alcance de la reforma laboral, Publimetro te presenta las cuatro afectaciones o cambios más importantes que plantea el dictamen aprobado por la mayoría de los Congresos locales del país:

1. La reforma trae conflictos laborales más largos y costosos

Enrique Larios, presidente del Colegio de Profesores de Derecho del Trabajo de la UNAM, explicó que la desaparición y sustitución de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, federal y locales, por tribunales laborales y un órgano descentralizado de conciliación, como se establece en la reforma, duplicará el tiempo de solución de conflictos entre trabajadores y empresas.

Ello, explicó, debido a que la apertura de tribunales implica también la creación de salas de apelación, lo cual significa una doble instancia legal para dirimir las diferencias, cuando hoy –con las Juntas de Conciliación– el laudo o resolución se da a través de una sola estructura.

“Ello significa procesos más largos y costosos, porque las partes –primero– deberán asistir ante el nuevo órgano de conciliación, donde deberán cubrir una serie de formulismos.

«Y después –cuando no haya acuerdos– deberán acudir a otras instalaciones –a las del tribunal especializado– a presentar pruebas y desahogarlas, cuando hoy todo se hace ante una misma autoridad”, apuntó.

2. Resoluciones sin el espíritu de la LFT

Luis Monsalvo Álvarez, catedrático del UIA, señaló que el cambio de la figura de laudos –fallo emitido por árbitros o amigables componedores– por resoluciones estrictamente judiciales implica un reto y riesgo importante: el alejamiento de los preceptos de «conciliación» que establece la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Lo anterior, debido a que la falta de «pericia» de parte de los nuevos jueces laborales, sobre los criterios y detalles que norman las relaciones entre empresas y trabajadores en determinados sectores, podrían limitar el alcance de los fallos emitidos y alejarlos de la conciencia jurídica y social de la LFT.

3. Control de sindicatos

Monsalvo Álvarez explicó que de acuerdo al dictamen se crearía un organismo federal descentralizado de conciliación, con facultades en el orden nacional para el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, sindicatos y todos los procesos administrativos relacionados.

Y ello no es más que una “reminiscencia del control” que actualmente ejerce el Gobierno federal a través de la Secretaría del Trabajo, que hoy aprueba y reconoce a los sindicatos a través de un recurso denominado «toma de nota», que legitima la integración de dichas organizaciones gremiales.

Explicó que, si bien con la reforma se entrega la administración de justicia laboral al Poder Judicial, a través de los tribunales, el Ejecutivo mantiene todas las facultades sobre las organizaciones sindicales, lo cual tiene consecuencias para los patrones y los empleados.

4. Más burocracia y gasto

Enrique Larios y Monsalvo Álvarez coincidieron que para aplicar la reforma se necesita una partida presupuestaria especial que la ponga en marcha y de viabilidad a los nuevos tribunales laborales, lo cual resulta un tema difícil ante los recortes al gasto público planteados por el gobierno federal.

El primero de ellos, en su calidad de presidente del Colegio de Profesores de Derecho del Trabajo de la UNAM, señaló que los cambios planteados equivalen a destinar “los miles de millones de pesos que se necesitaron para poner en marcha la reforma política que creó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en 1990, durante el sexenio de Ernesto Zedillo”.

A lo cual se sumaría, agregó Monsalvo Álvarez (catedrático de la UIA), los gastos que implica el despido o, en su caso, resignación de todos los integrantes de las Juntas de Conciliación, cuyo empleo no esta asegurado de forma plena en la reforma.

Esto último, apuntó, debido a que el dictamen aprobado por los Congresos sólo establece que “se tomará en cuenta los derechos” de éstos últimos, pero no habla de sus méritos, conocimientos, capacidades y condiciones para ser eventualmente recontratados.

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