Elecciones

8 de cada 10 candidatos han burlado los derechos de autor en sus campañas

Los aspirantes a la gubernatura y alcaldías que adaptaron temas ya conocidos para promoverse y así estar presentes entre los ciudadanos son de los partidos Morena, Movimiento Ciudadano, PRD, PRI y PAN

Los candidatos que aspiran a un cargo de elección popular el próximo 6 de junio cometieron diversas faltas en derecho de autor para promocionarse por medio de canciones que tomaron sin permiso.

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Una revisión a las quejas presentadas ante el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) reveló que cerca del 82% de los abanderados que utilizaron canciones o tracks lo hicieron sin el consentimiento de los dueños de la música o letra.

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“Los productores de fonogramas tienen el derecho a percibir una remuneración por el uso o explotación de sus fonogramas que se hagan con fines de lucro directo o indirecto, por cualquier medio o comunicación pública o puesta a disposición”, cita el artículo 131 bis de la Ley Federal del Derecho de Autor.

Las multas para quien cometa este tipo de infracciones ascienden desde los cinco mil hasta los 40 mil días de salario mínimo, esto siempre y cuando exista una demanda por parte de los autores o de alguna sociedad de gestión colectiva.

Para tramitar licencias o permisos para utilizar cualquier canción con derechos de autor se debe acudir a la Sociedad de Autores y Compositores de México.


Incluso si la canción es de otro país esta sociedad también tiene la función de remitir con las autoridades correspondientes del país de origen la canción que se busca modificar.

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Este fenómeno se ha presentado en diferentes procesos electorales. Por ejemplo, en 2015 el entonces candidato a la alcaldía Cuauhtémoc, Ricardo Monreal, fue notificado de una queja por usar diferentes canciones en campaña.

Sin embargo, la denuncia no procedió debido a que se llegó a un acuerdo entre ambas partes, según consta un expediente de Indautor de 2016.

Este proceso electoral no ha sido la excepción. Uno de los casos es el de la canción El gordito Marín, del candidato a la alcaldía de Mérida por el PRI-PRD, Jorge Carlos Ramírez Marín.
Este hit electoral ha sido señalado en la entidad por haber modificado la canción original y trasgredido los derechos de autor.

Otro ejemplo es el de Fernando Larrazábal, candidato a gobernador de Nuevo León por el Partido Acción Nacional, quien adaptó tanto corridos como canciones pop populares, sin embargo, la que más se repite es el cover que le hizo a la canción Ilarié de la cantante Xuxa.


Aunque la Ley Federal del Derecho de Autor fue publicada hace 25 años en el Diario Oficial de la Federación, a la fecha la población aún desconoce los términos para la protección de las obras. Por ello, la especialista en derecho consideró que se deberían llevar a cabo más campañas de sensibilización e información a la ciudadanía sobre los derechos de autor y así evitar que no se respete la propiedad ajena.

En Tamaulipas, Luis Enrique Montes García, presidente de la Asociación de Autores y Compositores, abrió un frente para el buen uso de las obras.

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Hasta el momento, sólo un partido político ha tenido acercamientos con la asociación para modificar la canción de La Troquita (cumbia grupera del Grupo Obsesión), la cual esperan utilizar tanto en Victoria como en la frontera.
García refirió que en Tamaulipas es común que los partidos no pidan autorización para sus jingles, que no es más que cambiar las letras de las composiciones ya existentes.

Remarcó que en –aproximadamente– ocho años que ha representado a los autores y compositores de Tamaulipas, el 50% de los candidatos en toda la entidad ha utilizado canciones sin el permiso del autor.

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¿QUIÉNES DEBEN PAGAR?

Los usuarios, personas o empresas que utilizan con fines de lucro –directo o indirecto– obras musicales de autores mexicanos o extranjeros.

Se debe contar con una licencia-autorización para el uso legal de las obras, que otorga la Sociedad de Autores y Compositores de México a través de la Dirección de Licencias y Recaudación.

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Esta licencia-autorización establece el monto a pagar por la explotación de la música con base en las tarifas oficiales emitidas por el Instituto Nacional del Derechos (Indautor), y/o las cuotas consensuadas previamente con las diferentes cámaras y asociaciones de usuarios del país.

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    canciones se han modificado hasta el momento, de acuerdo con el conteo del Indautor.
  2. Los artículos 58, 131 bis y 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor abordan lo relacionado al pago por utilizar obras, lo que procede para editarlas y las sanciones que se impondrán a quien no cumpla.
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