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IMSS sugiere iniciar a los 40 años pruebas para descartar cáncer de próstata

La pruebas a temprana son recomendables en caso de contar con antecedentes familiares del padecimiento

¿Sabías que tu perro podría oler el cáncer?

En algunos casos el cáncer de próstata da síntomas sólo hasta en etapas avanzadas, por lo que se recomienda consultar con el médico desde los 40 años de edad para hacerse la prueba de antígeno prostático específico y la exploración física.

El Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS) puntualizó que esas pruebas son recomendables a partir de los 40 años de edad en caso de contar con antecedentes familiares del padecimiento.

Si no los hay ambos exámenes deben practicarse desde los 45 años para conocer el estado de la glándula.

Ese tipo de cáncer en etapas avanzadas no es curable y sólo puede controlarse. El organismo mencionó a la disminución en la fuerza del chorro urinario, al incremento en las micciones durante el día y la noche y a la urgencia de orinar como síntomas de obstrucción.

Por ende, de crecimiento prostático, que puede presentarse en 50 por ciento de los hombres por arriba de los 40 años. Jesús Alejandro Morales Covarrubias, urólogo adscrito al Hospital General de Zona número 1 A “Dr. Rodolfo Antonio de Mucha Macías”, externó que el primer contacto debe ser el médico familiar, quien deberá conocer si existen antecedentes.

Con esa información se aplicará la prueba del antígeno prostático específico y luego la exploración física para conocer posibles alteraciones en la próstata, cuya función primordial es la producción del líquido que transporta a los espermatozoides.

En caso de que el médico detecte algo fuera de lo normal envía al derechohabiente al segundo nivel de atención, donde el especialista realizará un ultrasonido transrectal con toma de biopsia.

La detección oportuna de la enfermedad permite curar a quien la padece, por lo cual es necesario aplicarse ambas pruebas cada año.

Morales Covarrubias mencionó que cuando se diagnostica cáncer de próstata el estado clínico del derechohabiente determinará el inicio del tratamiento o procedimiento quirúrgico.

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