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CNDH alerta sobre afectaciones ante posible eliminación del Conadis

El efecto podría ser irreversible contra la población que históricamente ha sido víctima de discriminación y estigmatización.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) advirtió que la desaparición del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis), por parte del gobierno daría lugar al incumplimiento con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

A través de un comunicado consideró que lejos de extinguirlo debería ser fortalecido para transformarse en un mecanismo de planeación estratégica que asegure la transversalidad de las acciones gubernamentales en la atención de ese sector de la población.

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«La eventual desaparición del Conadis generaría una afectación directa a los derechos de las personas con discapacidad, quienes históricamente han sido víctimas de discriminación y estigmatización por parte de la sociedad, lo que les ha impedido el acceso al ejercicio pleno de sus derechos humanos en condiciones de igualdad con el resto de la población».

Ante esta situación enviaron un oficio al Subsecretario de Derechos Humanos, Migración y Población de la Secretaría de Gobernación, Alejandro Encinas Rodríguez, con copia a la Secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, en donde hizo siete consideraciones en relación a los recientes anuncios de la posible desaparición.

  1. La Conadis como mecanismo de coordinación facilita la adopción de las medidas relativas a la aplicación de la Convención. Por tanto, considera que lejos de suprimirlo, el nuevo Gobierno debería fortalecerlo para transformarlo en un mecanismo de planeación estratégica que asegure la transversalidad en las acciones gubernamentales, y que pueda asesorar a los tres órdenes de gobierno en el diseño de políticas y acciones para la atención de las personas con discapacidad, con un enfoque de desarrollo sostenible y derechos humanos, y evaluar la política pública en esa materia.
  2. La CNDH enfatiza que la Convención establece en su artículo 4° los compromisos que deberán asumir los Estados Nacionales a fin de garantizar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos de las personas con discapacidad sin discriminación alguna.Entre otros, adoptar las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos; tener en cuenta, en las políticas y los programas, la protección y promoción de sus derechos humanos, y abstenerse de actos o prácticas que sean incompatibles con la Convención y velar porque las autoridades e instituciones públicas actúen conforme a lo dispuesto en ella.
  3. En su artículo 33 numeral 1, indica que los Estados Parte, de conformidad con su sistema organizativo, designarán uno o más organismos gubernamentales encargados de las cuestiones relativas a la aplicación de la Convención.
  4. El 3 de septiembre de 2009, el gobierno de México dio a conocer a la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos, en su calidad de Secretariado del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que había designado al Conadis como mecanismo gubernamental de coordinación para facilitar la adopción de medidas relativas a la aplicación de la Convención.
  5. Este Organismo Nacional considera que en caso de desaparecer el Conadis se estarían incumpliendo las obligaciones internacionales contraídas, y si otra instancia la sustituyera, tendría que asumir las mismas funciones de mecanismo de coordinación y comunicar el cambio de manera oficial al Secretariado del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
  6. El 20 de febrero anterior, el Consejo Consultivo de la Comisión Nacional, mediante pronunciamiento público, externó su preocupación por las disposiciones operativas y medidas administrativas anunciadas en relación con el Conadis, en tanto una eventual desaparición o recorte presupuestal a este último generaría una afectación directa a los derechos de las personas con discapacidad.
  7. Dicho cuerpo colegiado destacó que si las causas de las medidas anunciadas eran presuntos actos de corrupción, desvío o indebido uso de los recursos públicos, o la ineficacia o falta de efectividad de los programas que implementan dichas instancias, el gobierno federal puede realizar diagnósticos para verificar si son esos u otros de los problemas que inciden en su desempeño y, a partir de ellos adoptar medidas de control, fiscalización, auditoría y transparencia del ejercicio presupuestal, además de investigar y sancionar los casos en los que se acredite el incumplimiento de obligaciones legales.

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