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Hoy entra en vigor la norma que obliga a empresas a cuidar del estrés a empleados

Desde este 23 de octubre, las empresas están obligadas a frenar acciones que generen estrés, sobrecarga de trabajo, violencia, acoso y traumas por actos delictivos.

Este miércoles entra en vigor la Norma Oficial Mexicana (NOM-035-STPS-2018) que obliga a las empresas desde micro hasta grandes a cuidar a sus empleados de estrés laboral y promover un ambiente de trabajo favorable.

Esto es lo que tienes que saber al respecto

Según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se trata de una norma que busca ·establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizaciones favorable en los centros de trabajo”.

Los llamados “factores de riesgo psicosociales” son las circunstancias que, provocados por el trabajo, puedan provocar trastornos de ansiedad, problemas para conciliar el sueño, estrés grave y dificultades para adaptarse.

Las compañías, sin importar el número de empleados por el que están constituidas, se rigen por esta nueva forma.

La NOM-035 establece diferentes obligaciones según el tamaño de la empresa:

-Centros de trabajo de hasta 15 trabajadores
-Entre 16 y 50 trabajadores
-Más de 50 trabajadores

Obligaciones

Las empresas están obligadas a aplicar una política de prevención de riesgos psicosociales
Identificar a los trabajadores que hayan presenciado acontecimientos traumáticos con motivo del trabajo y canalizarlos para brindarles atención médica.
Realizar actividades de difusión y prevención

Para tal efecto, los empleados deberán responder una serie de cuestionarios para establecer los efectos provocados por condiciones negativas al interior del centro de trabajo; cuyos resultados serán verificados por la autoridad.

Multas

En caso de incumplimiento, Ley Federal del Trabajo (LFT) estable que las organizaciones serán sancionadas con multas “de 50 a cinco mil veces la Unida de Medida y Actualización (UMA) vigente”, por cada incumplimiento.

Si se toma en cuenta que el valor actual de la UMA es de 84.49 pesos diarios, las empresas infractoras tendrían que pagar entre cuatro mil 224.5 y 422 mil 450 pesos, por desatender lo dispuesto en la NOM 035.

El Director Jurídico de ManpowerGroup México, Jaime Óscar Bustamante Miranda, explicó a Publimetro que las multas serán impuestas por la Secretaría del Trabajo, a través de la Comisión de Higiene y Seguridad; según las condiciones y características de cada caso.

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