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México prohibe la importación de cigarros electrónicos

La restricción fue publicada este miércoles en el Diario Oficial de la Federación y se establece como una medida de cuidado a la salud

El gobierno federal prohibió, a partir de este jueves, la importación de cigarrillos electrónicos o vapeadores, como parte de las acciones para proteger la salud de los mexicanos.

En mayo de 2008 se expidió la Ley General para el Control del Tabaco; sin embargo, se requería un nuevo marco normativo para evitar prácticas ilegales de dichos productos.

Con el decreto publicado este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se homologa la Ley General de los Impuestos de Importación y de Exportación con la normativa que controla la venta de tabaco.

De esta forma, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Secretaría de Economía (SE) son las encargadas de proporcionar certeza jurídica al nuevo marco normativo.

La acción tiene como objetivo proteger la salud de todos los mexicanos y ratifica el compromiso de las autoridades federales de hacer valer todos los derechos otorgados por la ley.

Consumo y afectaciones

Cifras de la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (ENCODAT 2016-2017), refieren que en el país 938 mil adolescentes han usado alguna vez el cigarro electrónico, de los cuales 160 mil lo hicieron de manera habitual, hecho que alertó a las autoridades federales ya que representa la puerta de entrada de adicción a la nicotina.

El uso de estos vapeadores se ha relacionado fuertemente con daños en corazón y pulmones por parte de los usuarios. Incluso, la Organización Mundial de la Salud (OMS) los ha señalado también como un riesgo para las personas expuestas al vapor exhalado, ya que las soluciones y mezclas utilizadas suelen estar disueltas en propilenglicol o glicerina, elementos dañinos para el corazón y los pulmones.

Actualmente la Cofepris no tiene un registro sanitario para estos dispositivos, por lo que su venta es ilegal en México. Tan sólo en diciembre de 2019 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) embargó más de 15 mil vapeadores y cigarros electrónicos -valuadas en más de 2.1 millones de pesos-, por carecer de documentación que acreditara su legal importación al país.

Clasificación

La OMS detalla los diferentes nombres de los vapeadores y su riesgo por contener niveles de sustancias tóxicas y compuestos carcinógenos, en ocasiones superiores a los de los cigarrillos tradicionales. Aquí la lista:

  1. Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN),
  2. Sistemas Electrónicos Sin Nicotina (SSSN)
  3. Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina (SACN)

La definición

En el decreto del Diario Oficial de la Federación se define a un vapeador o cigarro electrónico como: «dispositivos constituidos por al menos una fuente de alimentación o batería (integrada o no); una unidad de calentamiento; una boquilla y una cámara de vaporización, contenedor o receptáculo, entre otros elementos que, mediante el calentamiento de diversas sustancias o materias, líquidas/sólidas (por ejemplo: mezcla de propilenglicol, glicerina y aromatizante o, en su caso, nicotina, tabaco y sus sucedáneos), por descomposición térmica generan vapor, aerosol, etc., los cuales son inhalados vía oral».

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