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Diputados avalan retirar fuero al presidente de la República

El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales busca juzgar y procesar a quien ocupe la presidencia del país por diversos delitos

La Cámara de Diputados aprobó reformar y adicionar los artículos 108 y 111 de la Constitución en materia de fuero, para  juzgar y procesar a quien ocupe la Presidencia del país como cualquier ciudadano que comete un delito.

Con 420 votos a favor, 0 en contra y 15 abstenciones, el dictamen se turnó al Senado de la República para su respectiva discusión y votación.

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Con este aval en materia de fuero, los legisladores buscan que se pueda juzgar y procesar a quien ocupe la presidencia del país por diversos delitos.

«Propone que el Presidente de la República pueda ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano común», señala el dictamen.

La presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, Aleida Alavez detalló que se pretende dar un paso hacia la eliminación del fuero de los altos servidores públicos, concretamente de la figura presidencial, de modo que constituya un mecanismo que en los hechos desestimule la impunidad, pero sin que ello favorezca la persecución política del servidor público, ni impacte en la estabilidad de la función que desempeña.

De acuerdo con el documento, respecto al artículo 108, se amplía el catálogo de delitos que incluidos en la iniciativa del Ejecutivo federal presentada en diciembre de 2018, pero rescata la expresión  «ciudadano común» en relación con el trato que debe dársele al mandatario federal.

«De manera que tratándose del régimen de responsabilidades, el presidente podrá ser imputado y juzgado no únicamente por los delitos de traición a la patria y los delitos graves del orden común como ocurre a la fecha, sino por todos aquellos delitos por los que pudieran ser enjuiciados los ciudadanos», apuntó la legisladora.

“Para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable”, establece el artículo 111.

Al posicionar sobre el proyecto, la bancada panista subrayó que no se trata de la eliminación del fuero a la figura presidencial, ya que el proceso para enjuiciar a un presidente debe pasar por el Senado, definiendo éste si la denuncia procede o no.

Por esta situación, algunos de sus legisladores votaron en abstención y recordaron que es la cuarta ocasión que se aprueba y se envía al Senado, como cámara revisora.

“No se elimina el fuero, se mantiene el texto del párrafo 4 del artículo 111 que establece que dicha acusación deberá realizarse ante Cámara de Senadores. Si se quisiera eliminar, el párrafo debía quitarse”, apuntó el albiazul, Marcos Aguilar Vega.

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