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México, entre los 5 países más vulnerables en financiamiento al terrorismo

El Gobierno mexicano apenas cumple con la implementación de seis de las 49 recomendaciones contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo emitidas por el  Grupo de Acción Financiera sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI por sus siglas en inglés).

A través de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita sólo ha promulgado 12% de las disposiciones que establece dicho organismo encargado de vigilar y promover acciones contra tales actividades.

Y de las seis recomendaciones del GAFI, tres fueron calificadas como “no cumplidas” y otras tres, como “parcialmente cumplidas” por una evaluación hecha por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT)  y el Fondo Monetario Internacional (FMI), reconoció la Secretaría de Hacienda.

La dependencia federal informó que la normatividad mexicana antes mencionada sólo publica las disposiciones  12, 16, 17, 20, 24 y 25, las cuales pretenden combatir las actividades profesionales no financieras que son utilizadas por la delincuencia para fomentar el terrorismo.

Así como el castigo eficaz, supervisión, verificación de otras actividades que representen un riesgo de lavado de dinero y apoyo financiero de actos premeditados contra la población.

Cuáles sí y cuáles no

A través de un documento publicado en su página web (www.shcp.gob.mx), en la sección de Inteligencia Financiera, la Secretaría de Hacienda explicó que las recomendaciones 12, 16 y 20, relativas a la identificación de las actividades profesionales no financieras  que promueven el blanqueo de dinero y el eventual financiamiento al terrorismo; y la presentación de reportes y recomendaciones para cumplir con  la ubicación de las mismas, fueron calificadas “no cumplidas”.   

Mientras que las disposiciones 17, 24 y 25 relacionadas a establecer sanciones eficaces penales, civiles o administrativas contra el lavado de dinero  y a revisar las leyes y reglamentos relacionados al tema, son catalogadas por el GAFILAT y el FMI como “parcialmente cumplidas”.

Cómo nos ubica esto

El investigador en dichos temas, Eduardo Buscaglia, explicó que el incumplimiento parcial o mínimo de las disposiciones referidas coloca a nuestra nación “entre los cinco países con peor implementación de los mecanismos para combatir el blanqueo de dinero y el financiamiento terrorista”.

En un artículo titulado La capacidad de México en su combate a la financiación del terrorismo, el especialista señaló que en tal materia nuestro país sólo es superado por Ecuador, en el primer puesto; Rusia, en el segundo; Indonesia, en el tercero; y República Checa y Zimbabwe, que comparte el cuarto puesto.

Si observamos esta realidad “llegamos a la conclusión de que la deficiente implementación por parte de la Secretaría de Hacienda de los instrumentos del GAFI, pone en peligro la seguridad nacional mexicana”, puntualizó.  

¿Cómo se castiga?

El artículo 139 del Código Penal Federal señala: “Se impondrá pena de prisión de seis a cuarenta años y hasta mil doscientos días multa… a quien cause temor o terror en la población”.

Datos clave

El lavado de dinero alcanza 5% del Producto Interno Bruto (PIB)mundial. Se trata de un fenómeno que ataca a todos los países del orbe, el cual  ha cobrado cada vez cobra mayor importancia, ya que los recursos ilícitos son transferidos con facilidad y de forma inmediata, reveló el FMI. 

Fachadas y rutas del financiamiento al terrorismo

Edgardo Buscaglia, investigador de la Universidad de Columbia y presidente del Instituto de Acción Ciudadana para la Justicia y la Democracia, reportó que los métodos principales de financiamiento de las actividades de grupos terroristas son:

• Trueques. Por ejemplo: drogas intercambiadas por explosivos, con presencia en 49% de los casos.

• Triangulación de operaciones financieras a través de más de dos jurisdicciones legales (bancos). Con una participación de 32%.

• Intermediación de empresas pantalla. Con una presencia  en 29% de los expedientes.

• Servicios profesionales: abogados, contadores, asesores financieros, notarios y corredores públicos, entre los más recurrentes. Con una tasa de incidencia de 17%.

• Corredores de Bolsas de Valores. Cuyas operaciones se registran hasta en 12% de los expedientes.

• Agencias de cambio de divisas. Con un nivel de participación de 12%.

• Organizaciones importadoras y exportadoras. Con una presencia registrada de 11%.

• Agencias de viajes y Autopréstamos entre empresas u organizaciones involucradas con actividades delictivas como narcotráfico. Con una presencia de 8% y 6% respectivamente.

• Actividades relacionadas con casinos y casas dedicadas a venta de arte y antigüedades. Con presencia en 3% y 2% de los casos.

Preguntas clave
Para entender qué es y cómo se tipifica en México el financiamiento al terrorismo, la Secretaría de Hacienda publicó en Internet (http://tinyurl.com/p7ukolq) un manual que responde a los puntos más importantes en la materia:  

• ¿Cómo se tipifica el terrorismo y cómo se sanciona su financiamiento? En los artículos 139 y 148 Bis del Código Penal Federal, se determinan los delitos de Terrorismo y Terrorismo Internacional, respectivamente, incluyendo en cada uno el financiamiento de dicho acto delictivo.

• ¿Cómo se tipifica el lavado de dinero? Se encuentra en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal como el delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y está contemplado en el catálogo de delitos graves, de conformidad con el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

•¿Qué actividades de la economía mexicana son utilizadas para lavar dinero? La práctica de juegos con apuesta, concursos o sorteos. Emisión de tarjetas de servicios, de crédito y prepagadas. Cheques de viajero no emitidos por las entidades financieras. Construcción o desarrollo de bienes inmuebles. Comercio de metales y piedras preciosas, joyas o relojes. Subasta o venta de obras de arte. Compraventa de vehículos aéreos, marítimos o terrestres. Recepción de donativos y la prestación de servicios de fe pública: notarios y corredores públicos entre otros.

• ¿Por qué está relacionado el financiamiento al terrorismo y el lavado de dinero? El blanqueo de dinero es usado para introducir al sistema financiero formal dinero proveniente de actividades delictivas, así como promover otros ilícitos, entre ellos el terrorismo.

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