Estados

Aprueban medidas para “amarrarle” las manos a gobernadores

La nueva ley tiene mecanismos de prevención e intervienen directamente la Secretaría de Hacienda y del Congreso, para reestructurar deudas de gobernadores y presidentes municipales

El pleno del Senado aprobó con 85 votos a favor, nueve en contra y una abstención la creación de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios, para amarrarle las manos a gobernadores y alcaldes que busquen endeudarse, sin un proceso claro de cómo pagar dicho empréstito.

La nueva ley, que fue devuelta con modificaciones a la Cámara de Diputados tiene mecanismos de prevención e intervienen directamente la Secretaría de Hacienda y del Congreso, para reestructurar deudas contraídas por gobernadores y presidentes municipales.

Entre las novedades de la nueva ley, destaca el sistema de alertas que –como semáforo– advertirá sobre la capacidad de endeudamiento de un gobierno estatal y municipal, y sólo si se tiene la capacidad de pago se podrá acceder a dicho préstamo, pero ahora con la vigilancia de la Cámara de Diputados, Senado de la República y de la Secretaría de Hacienda.

Las tres advertencias, son: endeudamiento sostenible (luz verde), de observación (luz ámbar) y elevado (luz roja).

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Con el endeudamiento sostenible activado, el gobernador en turno sólo podrá acceder a un techo de financiamiento neto de hasta el equivalente al 15 por ciento de sus ingresos de libre disposición.

En este caso, la Cámara de Diputados había fijado el tope al 10 por ciento, pero los senadores acordaron la semana pasado elevarlo al 15 por ciento, por lo que la minuta sufrirá cambios en su redacción original.

Un endeudamiento en observación, que en un semáforo de crucero equivaldría la luz ámbar, tendrá como techo de financiamiento neto el equivalente al 5 por ciento de sus ingresos de libre disposición.

El nivel de endeudamiento elevado tendrá un techo de financiamiento neto igual a cero por ciento, es decir, el gobernador o el presidente municipal en turno no podrá adquirir deuda.

El Sistema de Alertas será publicado y administrado –de manera permanente– en la página oficial de internet de la Secretaría de Hacienda, debiendo actualizarse trimestralmente, dentro de los 60 días naturales posteriores al término de cada trimestre.

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