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Aprueba INE mecanismos para asignación de diputados en Constituyente

El proyecto aprobado precisa que ningún partido político podrá obtener un número de diputaciones por arriba del umbral de sobrerrepresentación.

El Consejo General del INE aprobó en lo general los mecanismos para la asignación de los diputados a la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, con base en los resultados que obtengan los candidatos independientes y partidos políticos en la elección del 5 de junio.

El proyecto aprobado por 10 votos a favor y uno en contra del consejero Javier Santiago, precisa que ningún partido político podrá obtener un número de diputaciones por arriba del umbral de sobrerrepresentación señalado en el Artículo 54, fracción V Constitucional.

“En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida”, refiere.

En sesión extraordinaria, el consejero Benito Nacif, del Instituto Nacional Electoral (INE), explicó que esta fórmula busca establecer con claridad el mecanismo para la designación de los 60 diputados electos que conformarán la Asamblea Constituyente.

De acuerdo a la fórmula, tras los resultados de la votación, se deberá obtener un cociente natural y se asignarán diputaciones constituyentes a las fórmulas de candidatos independientes que hubieren obtenido una votación igual o mayor a éste.

Además, el candidato independiente que rebase el tope de gastos de campaña en cinco por ciento al establecido por la autoridad electoral, perderá el derecho a integrar la Asamblea Constituyente.

En una segunda fase, se establecerá la votación total registrada para los candidatos postulados por los partidos políticos y se fijarán los votos mínimos necesarios para la asignación de los respectivos escaños para el órgano Constituyente.

Si al finalizar las etapas anteriores quedan diputaciones por asignar, se integrará un listado único con los votos no utilizados para los partidos políticos y candidatos independientes, ordenados en forma descendente.

Ello, a fin de designar las curules faltantes hasta completar los 60 lugares de elección popular de este órgano colegiado.

Como parte del análisis del acuerdo, también se aprobó por seis votos a favor y cinco en contra, que ante el posible rebase de topes de campaña por los candidatos independientes y los de fórmula por partidos políticos, se proceda a sancionar la falta con la cancelación de la asignación de las curules respectivas.

El acuerdo contempla que una vez obtenido el número de diputados constituyentes que le corresponderá a cada partido político, serán asignadas conforme al orden que tuviesen los candidatos en las listas presentadas por éstos

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