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Amparan a persona mayor para que utilice gratis el Metrobús

El inconforme, de 60 años, logró que el Metrobús le permita el acceso si pago. Actualmente, el sistema sólo facilita la gratuidad a los 70

El Juzgado 8 de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México amparó a una persona adulta de 60 años para que pueda usar el Metrobús de forma gratuita, luego de que la autoridad capitalina otorgaba ese beneficio a las personas con 70 años cumplidos.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) dio a conocer en una nota informativa que se resolvió el amparo 1775/2015, que concedió la protección de la justicia federal a una persona adulta mayor para el efecto de quedar exento del pago de la tarifa de servicio de los corredores del «Servicio Público de Pasajeros Metrobús».

Consideró que es inconstitucional que en el acuerdo para acceder a tal exención se establezca como requisito tener 70 años o más, ya que tal disposición es violatoria de los derechos fundamentales de igualdad, progresividad y reserva de ley.

La autoridad jurisdiccional precisa que de conformidad con lo previsto por los artículos 1 a 3, fracción I y 37 a 39 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal, se trata de aquellas que tienen 60 años o más.

Abundó que esas personas tienen derecho a obtener tarifas preferenciales o exenciones de pago al hacer el uso del servicio público de transporte de la ahora Ciudad de México.

Señala que el punto quinto del acuerdo por el que se establece el horario y la tarifa de servicio de los corredores del Metrobús prevé que sólo estarán exentas del pago de la tarifa fijada las personas adultas mayores de 70 años en adelante.

El juzgador federal consideró que dicha punto viola el principio de reserva de ley, al prever que el beneficio de la exención en el pago de la tarifa del Metrobús será sólo para aquellas personas adultas mayores que tengan 70 años o más edad.

La Ley de Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal prevé que los beneficios consistentes en tarifas preferenciales o exenciones en el pago, será para todas aquellas personas que tengan 60 años o más.

Señala el juez que todas las personas adultas de 60 años o más tienen el derecho legal de obtener tarifas preferenciales o incluso exenciones en el pago de las mismas cuando hagan uso del transporte público en la Ciudad de México.

Por ello, resolvió que el Acuerdo reclamado, emitido con posterioridad a dicha ley, limita y restringe ese derecho al precisar que dicho beneficio sólo será en favor de las personas mayores de 70 años.

Otra violación es el principio de igualdad y no discriminación, puesto que sin una justificación constitucionalmente válida ni legítima hace una diferencia entre personas que tienen el mismo carácter de «adultas mayores».

Esto, para sólo otorgarles el beneficio de la exención en el pago de la tarifa establecida para el uso del Metrobús a aquellas que tengan 70 años o más, siendo que de conformidad con Ley de Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal todas las personas adultas mayores (de 60 años o más) tienen derecho a dicho beneficio.

Ante ello, el juez concedió el amparo y la protección de la justicia federal al quejoso para que el director del Metrobús y el secretario de Seguridad Pública capitalina respeten y apliquen directamente la Ley de Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal permitiéndole utilizar gratis dicho medio de transporte.

Ello, hasta en tanto, en su caso, se modifique el marco jurídico y se establezca una tarifa preferencial para aquellas personas que tengan 60 años o más.

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