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Evalúan cárcel de 3 años para conductores que causen accidentes por “textear”

El Senado envió el dictamen a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos para su análisis y dictaminación

teléfono celular

El Senado evalúa la propuesta para castigar hasta con tres años de cárcel a quien cause accidentes por usar el teléfono celular mientras conduce.

Se trata de las reformas a los artículos 171 y 172 del Código Penal Federal, las cuales también incluyen castigo por cometer infracciones por conducir en estado de ebriedad.

Dicha sanción sería de hasta 30 días de multa y suspensión o pérdida del derecho a usar la licencia de conductor, independientemente de la sanción que corresponda si causa daño a las personas o patrimonio.

El documento fue avalado por el pleno de la Cámara de diputados y este martes el Senado lo turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos para su análisis y dictaminación.

En el documento se menciona que cada año fallecen en México más de 16 mil personas en percances viales, de los cuales, 90% pudieron evitarse.

Este tipo de accidentes, agrega, representan la primera causa de muerte entre niños y jóvenes de cinco a 29 años y, la segunda, de discapacidad permanente, además, es el primer motivo de orfandad.

Las afectaciones por «textear»

Datos de la Cruz Roja Mexicana, refieren que utilizar el teléfono celular y, sobre todo, escribir mensajes de texto al conducir, ha desplazado a la ingesta de alcohol como la primera causa de accidentes viales.

Las personas que utilizan el teléfono celular mientras conducen, corren un riesgo aproximadamente cuatro veces mayor de verse involucrados en un accidente.

En tanto, un conductor que acostumbra enviar mensajes de texto tiene 23 veces más probabilidades de verse involucrado en un choque que alguien que no lo hace.

Ante este escenario, los diputados consideraron indispensable legislar en esta materia, con el objetivo de “lograr la disuasión de los individuos manejadores, lograr la prevención en la realización de esta conducta y proteger con esto el bien jurídico tutelado, que es la integridad física, así como la vida de las personas”.

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