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Declaran inconstitucional el pago inmediato de fotomultas en la CDMX

Un juzgado federal determinó que se viola el artículo 14 de la Constitución al imponer sanción económica sin previa audiencia al ciudadano

Las fotomultas en la Ciudad de México violan el artículo 14 de la Constitución mexicana, toda vez que se impone una sanción económica a los automovilistas sin que éstos tengan acceso a una audiencia previa de defensa y, además, se privilegia la ganancia de la empresa que las opera.

Así lo resolvió el juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Fernando Silva García, al analizar el amparo 948/2016.

En la sentencia de amparo se ordenó a las autoridades de la Ciudad de México, dejar sin efectos la boleta de infracción; devolver el pago realizado y, en caso de que se decida nuevamente emitir la boleta de infracción, se otorgue a la quejosa el derecho de audiencia previa.

¿Por qué?

Silva García concluyó que los artículos 9, 60, 61, 62 y 64 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, en la parte que prevén la imposición de sanciones patrimoniales por infracciones de tránsito, violan el artículo 14 de la Constitución por lo antes mencionado.

La garantía de audiencia del artículo 14 constitucional consiste en otorgar a las personas la oportunidad de defensa previamente a cualquier tipo de acto privativo de la vida, libertad, propiedad (patrimonio), posesiones o derechos, dijo

Por ello, explicó, una foto no debe generar en automático una obligación de pago, sino en todo caso es solamente un indicio que podría servir para iniciar un procedimiento en forma de juicio con la participación del infractor a fin de determinar si se debe o no imponer la fotomulta.

Ejemplificó que no podría imponerse una condena privativa de la libertad a una persona que se señala como presunto delincuente con base en un video, sin que ésta tenga un juicio previo para su defensa.

Añadió que en países como Argentina, Colombia, Portugal, Venezuela o España se otorga garantía de audiencia previa a la imposición de una sanción de tránsito a fin de que el particular pueda aducir diversas cuestiones en su defensa.

Éstas podrían ser, por ejemplo, alegaciones en contra de los instrumentos de medición, alguna causa de justificación (por ejemplo, una emergencia), error de hecho o de derecho inexcusable, no exigibilidad de otra conducta, entre otros.

No privilegiar ganancia

El juez señaló que el hecho de que el Gobierno de la Ciudad de México deba pagar el 46% del cobro de cada fotomulta a la empresa Autotraffic -que es la que opera la tecnología- puede ser un incentivo negativo para obligar a los ciudadanos a pagar sin previa audiencia y “se privilegie la ganancia del particular y de la administración”, en perjuicio de la seguridad jurídica de los ciudadanos.

La sentencia de amparo, aclaró el Juzgado, “deja intocada la finalidad legítima del Reglamento de Tránsito consistente en evitar accidentes de tránsito (…) ya que solamente se exige el cumplimiento del derecho de defensa previa a la imposición de sanciones pecuniarias”.

Esto, abundó, ayuda a evitar “el riesgo de que el lucro de la empresa de tecnología (Autotraffic) se privilegie frente a los fines públicos (seguridad vial) y a los derechos fundamentales (audiencia previa) en perjuicio de los ciudadanos”.

Pasarse el alto, lo más fotomultado

De acuerdo con datos de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México obtenidos por Publimetro vía transparencia, indican que del 15 de diciembre de 2015 al 31 de enero de 2017 se impusieron 936 mil 475 fotomultas.

La infracción más sancionada es no respetar la señal de alto del semáforo, con 393 mil 834 fotomultas del total; le sigue dar vuelta prohibida, con 187 mil 114; invadir espacio para bicicletas o motocicletas, con 182 mil 666 e invadir el paso peatonal, con 159 mil 37 fotomultas.

En menor medida se ha sancionado no usar el cinturón de seguridad, con nueve mil 21 fotomultas y usar distractores como el celular al conducir, con cuatro mil 67 infracciones a través de las cámaras.

En la Ciudad de México hay 40 aparatos de fotomultas distribuidos en siete delegaciones: Azcapotzalco, Benito Juárez, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, Venustiano Carranza y Miguel Hidalgo.

La delegación que más tiene aparatos de fotomultas es Benito Juárez, con 11; le siguen Cuauhtémoc y Gustavo A. Madero, con ocho, respectivamente; Venustiano Carranza y Miguel Hidalgo, con cuatro cada una; Iztapalapa con tres y Azcapotzalco con dos.

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