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Diputados aprueban por unanimidad Ley contra Tortura

Ahora corresponderá al Senado el análisis y ratificación de esta ley que castiga el trato inhumano aún sobre el Fuero Federal y Común

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La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad y con cambios la minuta del Senado que expide la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes.

El pleno avaló el dictamen con 417 votos en favor y se devolvió al Senado para su análisis y eventual ratificación.

El dictamen reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales y de las leyes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), General del Sistema Nacional de Seguridad y de Extradición Internacional.

La nueva legislación tiene el propósito de establecer la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno para prevenir, investigar, juzgar y sancionar el delito de tortura y el de tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Establece que los principios de dignidad humana, debida diligencia, enfoque diferencial y especializado, no revictimización, perspectiva de género y transparencia y acceso a la información pública deberán estar presentes en el diseño, implementación y evaluación de acciones, medidas, mecanismos y procedimientos de las políticas públicas para la prevención de los delitos establecidos en dicha ley.

En el Artículo 24 establece que un funcionario comete delito de tortura cuando, a fin de obtener información o una confesión, cause dolor, sufrimiento físico o psíquico a una persona, cometa una conducta que sea tendiente o capaz de disminuir o anular la personalidad de la víctima o su capacidad física o psicológica.

En el 26 estipula que se impondrá una pena de 10 a 20 años de prisión, y de 500 a mil días multa, al funcionario que incurra en alguna de las conductas establecidas. Tratándose de un particular se le impondrá una pena de cuatro a 12 años de prisión y de 300 a 600 días multa.

Durante la sesión el presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Armando Luna Canales, presentó una adenda y fundamentó el dictamen que, afirmó, es producto de un año de trabajo, e incluye las conclusiones y recomendaciones formuladas por diversos organismos especialistas en la materia.

Detalló que en su construcción participaron la oficina del alto comisionado en materia de derechos humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), así como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos que, con su participación y sus recomendaciones, hacen de éste un proyecto sólido.

«La iniciativa del Presidente de la República ha sido enriquecida aportando importantes avances entre los cuales destaco la prohibición absoluta de la validez de las pruebas obtenidas mediante tortura», expresó el legislador.

El legislador advirtió que la pena es mucho más grave cuando la tortura la cometen servidores públicos o funcionarios del Estado; además, se hace imprescriptible el delito para garantizar la justicia a las víctimas y a sus familiares.

En el nuevo ordenamiento se dispone que las penas previstas para el delito de tortura aumenten hasta una mitad cuando la víctima sea un niño, un adolescente, una mujer, un migrante, un adulto mayor, una persona indígena, una persona con discapacidad o haya sido sometido a algún tipo de abuso sexual.

De igual manera, mediante la creación del mecanismo nacional de prevención y la puesta en marcha del programa nacional de trabajo interinstitucional, se pondrán mayores candados y controles a la eventual comisión de este delito.

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