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Corte avala que reos peligrosos puedan solicitar libertad provisional

La Primera Sala de la SCJN determinó que reclusos procesados bajo el sistema penal mixto pueden exigir la revisión, modificación o sustitución de la prisión preventiva

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que reos procesados por delitos graves puedan solicitar su libertad provisional conforme al Nuevo Sistema de Justicia Penal.

Durante la sesión de este miércoles, la Primera Sala de la Corte determinó que reos procesados bajo el sistema penal mixto pueden exigir a jueces de distrito y tribunales la revisión, modificación o sustitución de la prisión preventiva.

«La procedencia y análisis sobre la revisión de la medida no tiene el alcance de que el juzgador declare procedente, de facto o en automático, la sustitución, modificación o cese de la misma, sino que ello está sujeto a los parámetros normativos aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales», precisa el proyecto.

La propuesta, impulsada por el ministro José Ramón Cossío, establece que a criterio de los juzgadores se determine si es posible que reos sean beneficiados con otro tipo de medida cautelar distinta a la prisión preventiva, tomando en cuenta su peligrosidad y riesgo que representan para la sociedad.

Esta medida no podrá ser aplicada para los delincuentes acusados por delitos considerados como graves en el Nuevo Sistema de Justicia Penal, que son delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con armas y explosivos o infracciones legales que atenten contra la seguridad nacional; sin embargo, aplica para algunos delitos que anteriormente fueron considerados graves, como la portación de armas. (Con información de Reforma y El Universal)

 

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