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En dos años la violencia obstétrica prevalece, alerta la CNDH

De 2016 a la fecha el organismo contabilizó 22 casos en dependencias públicas y privadas

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), emitió 22 recomendaciones por casos de violencia obstétrica registrada en diferentes instituciones de salud desde 2016 a la fecha.

De acuerdo con el organismo, 11 de los recursos se emitieron en 2016; cinco dirigidos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); dos al gobierno de Oaxaca, y uno a Tamaulipas, Chihuahua, Guerrero y Hidalgo, respectivamente.

Durante 2017 se realizaron 10 recomendaciones, siendo cinco para el IMSS; dos para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE); una para Petróleos de México (Pemex), una para el gobierno de Tabasco, Baja California y PGR.

Con los registros de estos dos años habría un incremento de 10% y especialistas en el tema consideran que hay una cifra negra por los casos no denunciados.

El último caso del que tuvo conocimiento la CNDH ocurrió este año en el IMSS, por la negligencia médica que derivó en la muerte del recién nacido en San Luis Potosí.

Publimetro solicitó la postura del ISSSTE sobre dichas recomendaciones, pero hasta el momento no han ofrecido respuesta alguna.

El fenómeno

Elsa Conde, directora general del Programa de Asuntos de la Mujer y de la Igualdad entre Mujeres y Hombres de la CNDH, explica que las recomendaciones responden a casos en los que las acciones u omisiones médicas afectaron a madres y sus hijos durante el embarazo, parto o puerperio.

En entrevista con Publimetro detalló que la violencia obstétrica se ha convertido en un problema grave en el país que debería erradicarse, pues el fenómeno se presenta tanto en comunidades rurales como urbanas, al incumplir  con la Norma 007, que establece cómo debe de ser la atención a las mujeres en el parto.

«También se está dejando la labor de las parteras tradicionales, que podrían ser las principales aliadas en la prevención de la atención de parto para que no tengan que llegar a una cesárea y no hay una política de incorporación de su labor», dijo.

Al respecto, Karen Luna, abogada de Grupo de Información en Reproducción Elegida (Gire), precisó que a lo que se enfrentan las mujeres es a una insuficiencia estructural en la atención médica y la falta de un parto humanizado.

Además de que por cultura es difícil conocer la dimensión completa de esta problemática, ya que el término es bastante nuevo y en su mayoría esta violencia está naturalizada y no se visibiliza facilidad, por consecuencia no se denuncia.

«Hay que establecer que violencia obstétrica va desde una burla, ironías, comentarios groseros, cesáreas innecesarias, hasta omisiones graves y tratos en los que el personal de salud ve el dolor como un castigo, también obligar a elegir un método anticonceptivo y omitir la atención médica para el recién nacido o la madre», dijo.

Sin embargo, comentó que las mujeres que pasen por esta situación pueden exigir medidas de reparación integral por el daño moral, físico y psicológico que se registre, para lo cual pueden valerse de la orientación y apoyo de Gire.

La abogada comentó que en 2016 acompañaron a 23 mujeres en el proceso del maltrato que tuvieron, además del apoyo que otorgan para el trámite de indemnización para algunas más, que puede ser desde la atención psicológica, hasta una beca para sus hijos por parte de las instituciones.

IMSS responde

El instituto informó que de 2016 a 2017 se le notificaron 18 recomendaciones por violencia obstétrica, siendo una de ellas general.

Sobre las acciones que ha tomado para atenderlas precisó que ha realizado:

  1. Capacitación de médicos para mejorar la conducción y organización de los servicios, impulsar el trato digno y respetuoso en apego a los Derechos Humanos y evitar los casos de violencia obstétrica.
  2. Implantación del Triage Obstétrico en las áreas de urgencias obstétricas, con el propósito de proporcionar atención médica inmediata o espera segura, de acuerdo con el nivel de gravedad o los riesgos identificados.
  3. Continuar con la promoción del parto natural y la entrega del tríptico “Parto natural, la mejor opción para ti y tu bebé”.
  4. Con la finalidad de permitir el acompañamiento a las mujeres durante el trabajo de parto, se transformaron las áreas de puerperio por “Estancias de Trabajo de Parto”, con hospitalización de al menos 24 horas después del parto, para su debida vigilancia.
  5. Se reforzó la estrategia “Cero rechazo”, para que en todos los casos, personal médico capacitado, valore a la mujer y, en su caso se inicie el tratamiento y/o la referencia segura a otra unidad médica.
  6. Proporcionar información, a los familiares de las mujeres que se encuentran en la unidad de tococirugía, por lo menos una vez por turno.
  7. El H. Consejo Técnico del IMSS, autorizó desde el año 2006:
  1. La atención obstétrica a las adolescentes beneficiarias hijas de asegurados y pensionados, con el propósito de disminuir la morbilidad y mortalidad en este grupo.
  2. La atención de las embarazadas con alto riesgo o con emergencia obstétrica, del Programa IMSS-PROSPERA, en las unidades hospitalarias de segundo y tercer nivel del régimen obligatorio.

La definición

Es la modalidad de la violencia institucional y de género cometida por prestadores de servicios de salud por una deshumanizada atención médica a las mujeres durante el embarazo, parto o puerperio que genere una afectación física, psicológica o moral que incluso llegue a provocar la perdida de la vida de la mujer o del producto de la gestación o recién nacido, derivado de la prestación de servicios médicos, abuso de medicalización y patologización de procedimientos naturales entre otros.

La legislación

21 leyes de Acceso a las mujeres por una vida libre de violencia contemplan la modalidad de violencia obstétrica, sin embargo, no está considerada en la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de violencia y tampoco en 11 entidades del país.

Únicamente Chiapas, Estado de México, Guerrero, Veracruz, y Quintana Roo han tipificado como delito, es decir que se ha incorporado el término a sus Códigos Penales, estableciendo penas que van de uno a ocho años, dependiendo del código penal.

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