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Anulan elecciones de dos ayuntamientos de Puebla

Mazapiltepec de Juárez y Tepeojuma se vieron afectados por haber vulnerado el principio de certeza, lo cual provocó consecuencias severas.

Al resolver juicios de revisión, la Sala Regional Ciudad de México revocó de manera parcial las sentencias del Tribunal Electoral de Puebla relacionadas con la elección de los ayuntamientos de Mazapiltepec de Juárez y Tepeojuma, respectivamente.

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En ambos casos y en plenitud de jurisdicción, la sala anuló dichas elecciones, informó en un comunicado el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En el caso de Mazapiltepec de Juárez, el tribunal local anuló la votación recibida en una casilla al haberse vulnerado el principio de certeza, lo que generó un cambio de ganador.

La sala regional consideró que derivado de la anulación de esa casilla debía declararse la nulidad de la elección, ya que en dicho municipio solo hay dos secciones y la casilla anulada correspondía al 30.4 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal.

Respecto a la elección de Tepeojuma, consideró adecuada la anulación de diversas casillas que hizo el tribunal local, al haberse vulnerado la certeza del contenido de los paquetes electorales, irregularidades que no son reparables.

En este sentido, al haberse dejado sin efecto 50 por ciento de las secciones del municipio y el 40 de las casillas instaladas, se supera el requisito legal para proceder a la anulación de la elección.

Además, el TEPJF señaló que en el juicio ciudadano mil 136 del año en curso y su acumulado, la Sala Regional Ciudad de México revocó la sentencia del Tribunal Electoral del estado de Puebla, que había declarado la nulidad de la elección del ayuntamiento de Tepanco de López.

Ello, debido a que el Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que el candidato ganador había excedido los límites a los gastos de campaña.

Sin embargo, en una resolución previa, la Sala Regional revocó tal determinación del INE, motivo por el cual el único sustento de la determinación reclamada dejó de tener efectos.

En consecuencia, expuso, el efecto fue que subsistiera la declaración de la validez de la elección decretada por el Consejo Municipal, así como la expedición de las constancias de mayoría a la planilla que resultó ganadora y había sido postulada en común por los partidos Nueva Alianza y Compromiso por Puebla.

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