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Ley de Derechos Humanos te protegería de desalojo si no pagas renta

Imprecisiones en la redacción del Artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos detendría mercado de rentas de vivienda.

La diputada Margarita Saldaña alertó que las imprecisiones en la redacción del Artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos en relación con desalojos pegarían al mercado inmobiliario de renta en la Ciudad de México, así como al derecho mercantil.

La legisladora del Partido Acción Nacional (PAN) advirtió que dicho artítulo tiene altas posibilidades de que pase al Pleno del Congreso de la Ciudad de México este viernes para ser aprobado.

Indicó que ahí no se aclara a las autoridades competentes y podría prestarse a que el Poder Judicial deba asegurar antes de dictar una sentencia de desalojo que la persona tenga un lugar para ser reubicada. En ese sentido, consideró que la autoridad competente es el Gobierno de la Ciudad de México.

Parecería que hasta que haya una notificación de realojamiento de una persona no se podría ejecutar el desalojo, señaló y consideró necesario establecer una separación entre el proceso judicial y el derecho a la vivienda, “uno no tiene por qué interferir con el otro”.

Ante ello, en entrevista, señaló que se propone una redacción que detalle a las autoridades competentes, así como a los actores a quienes corresponde garantizar el derecho a la vivienda de las personas susceptibles a ser desalojadas.

Existen tantas dudas que se podría desincentivar el mercado inmobiliario. Se debe recordar que las deudas que las personas garantizan con un bien “se podría venir abajo”. Ante ello se propone que dicho artículo sea tan claro que no se preste a ninguna confusión y que el respeto al derecho a la vivienda no sea a costa de un particular.

Abundó que la redacción de ese artículo no permite, entre otras cuestiones, tener la certeza jurídica de la autoridad competente que debe garantizar el adecuado realojamiento de las personas sin recursos, en qué tipo de vivienda las ubicaría y en cuánto tiempo máximo se debe agotar el supuesto para no paralizar los juicios que se tengan como consecuencia un desalojo.

Existen casos en donde los jueces no logran determinar una sentencia debido a lagunas jurídicas que benefician tanto al acusado como al titular de una propiedad.

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