Ciudad

Crece 187% quebrantamiento de sellos; analizan extinción de dominio por este delito

Aplicar la extinción de dominio por romper un sello de clausura es un exceso y anticonstitucional, consideran legisladores del PAN y el PRD

Después de que aprobaran endurecer las sanciones contra el robo de celulares, atraco a bordo de motocicletas y reincidencia, ahora los diputados del Congreso de la CDMX analizarán aumentar las penas e imponer la extinción de dominio cuando se cometa el delito de quebrantamiento de sellos de suspensión o clausura de obras.

En los últimos cuatro años, este delito aumentó en 187% en la capital del país, por lo que se busca aumentar en más de la mitad las sanciones penales contra este ilícito, que actualmente se castiga con dos a siete años de prisión y 100 a 500 días multa.

Esta conducta es recurrente en la capital del país, principalmente en las alcaldía de Cuauhtémoc, Álvaro Obregón, Benito Juárez y Miguel Hidalgo.

  1. Te puede interesar: Roban, en promedio, 20 scooters al día en la CDMX

Precisamente esta iniciativa fue presentada y entregada al Congreso capitalino por el alcalde de Miguel Hidalgo, Víctor Hugo Romo, y propone sancionar con cinco a 12 años de prisión y con multa de mil a dos mil días a quien rompa los sellos de suspensión o clausura que imponga una autoridad.

Además, se propone aplicar la extinción de dominio a los inmuebles en donde se quebrante el sello, sanción que para los diputados del PAN y el PRD es excesiva.

Un exceso

Para el presidente de la Comisión Registral del Congreso, Diego Garrido, esta propuesta es exagerada e inconstitucional, por lo que adelantaron que votarán en contra de este dictamen que ya se encuentra en comisiones para su análisis y discusión.

“Es una acción inconstitucional. Estaremos cuidando la propiedad privada porque no es la forma, no es la manera de cómo se tiene que atacar el quebrantamiento de sellos… se deben buscar otro tipo de medidas sancionadoras, pero no una violación constitucional en contra de la propiedad privada, ya que si un vecino o alguien mal intencionado arranca los sellos de clausura de un inmueble, por cualquiera que haya sido la causa que se le impuso, esta propiedad pasará a manos del gobierno”, refirió el diputado del PAN.

En tanto, el legislador del PRD, Jorge Gaviño, recordó que el artículo 22 constitucional establece que sólo por 11 delitos se puede aplicar la extinción de dominio, además indicó que hace unos días el Cámara de Diputados aprobó la Ley de Extinción de dominio, en donde no se incluye el quebrantamiento de sellos.

Al respecto, Víctor Hugo Romo señaló que esta iniciativa no busca atentar contra la propiedad privada ni apropiarse de los bienes de nadie. “Lo que se pretende, dijo, es generar el tipo penal para quien quebrante sellos; es decir, tenemos que darle herramientas a la procuraduría para que tenga elementos de actuación”.

¿Cuándo aplicaría la extinción de dominio?

  1. Al quebrar el sello de una obra en construcción que fue clausurada o suspendida
  2. Al romper los sellos de un bar o cualquier otro inmueble suspendido
  3. Cuando se realicen trabajos en una obra suspendida o clausurada
  4. Cuando se quebrante el sello de un espectacular, la extinción de dominio se aplicará sobre el inmueble en el que se encuentre instalado o sportado el anuncio.
  5. La multa económica sería de 84 mil 490 a 168 mil 980 pesos

Carpetas de investigación abiertas por quebrantamiento de sellos:

  1. 2015: 227
  2. 2016: 427
  3. 2017: 551
  4. 2018: 653

Lo más visto en Publimetro TV:

Recomendados

DV Player placeholder

Tags

Lo Último