Economía

Decreta AMLO plan para enfrentar la crisis económica en México por Covid-19

Afirmó que el planteamiento tiene que ver con la concepción sobre el desarrollo y se aleja de lo que se ha hecho en el periodo neoliberal.

El presidente Andrés Manuel López Obrador informó que, a partir de este miércoles, entrará en vigor un decreto para enfrentar la crisis económica en México que se padece por la pandemia del coronavirus (Covid-19).

«El planteamiento que se hace en México tiene que ver con nuestra concepción sobre el desarrollo y se aleja de lo que se ha hecho siempre cuando se presentan crisis económicas o lo que se llevó a cabo o se hacia durante el periodo neoliberal; esto es distinto completamente, son lineamientos generales», dijo en rueda de prensa desde Palacio Nacional.

En tanto, procedió a leer el decreto que estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2020:

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«De conformidad con los criterios que nos rigen de eficiencia, honestidad, austeridad y justicia y dadas las circunstancias ocasionadas por la crisis mundial del modelo neoliberal, que sin duda nos afecta, propongo la aplicación urgente y categórica de las siguientes medidas:

  1. No será despedido ningún trabajador, pero no habrá incremento de personal. Se reducirá el salario de los altos funcionarios públicos hasta el 25% de manera progresiva, es decir, el que obtenga más ingresos aportará más y será menos el descuento para los niveles inferiores, de igual forma altos funcionarios públicos no tendrán aguinaldos ni ninguna otra prestación de fin de año. El concepto de alto funcionario público aplica de subdirector hasta Presidente de la República.
  2. No se ejercerá el 75% del presupuesto disponible de las partidas de servicios generales y materiales de suministros, incluye a los supuestamente comprometido. Se cancelan 10 subsecretarías y al mismo tiempo se garantiza el empleo con el mismo rango y mismos ingresos a quienes dejarán dichos cargos.
  3. Se extenderá la suspensión de labores con goce de sueldo a quienes ya se encuentran en esta situación debido a la pandemia de coronavirus hasta el 1 agosto.
  4. Deberán permanecer cerradas la mitad de las oficinas con excepción de las que atiendan de manera directa al público y aquellas que se consideren esenciales para el beneficio de la gente, en este periodo se hará un esfuerzo de reubicación de servidores públicos en función de lo prioritario con el fin de dejar de rentar edificios, vehículos, bodegas, inmuebles entre otros ahorros.
  5. Se posponen las acciones y el gasto del gobierno con excepción de los siguientes programas prioritarios: Pensión para el Bienestar de Adultos Mayores; Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad; Sembrando vida; Programa de apoyo para el bienestar de niñas, niños, hijos de madres trabajadoras; Becas para el Bienestar Benito Juárez; construcción de 100 universidades públicas; La Escuela es Nuestra; Jóvenes Construyendo el Futuro; Tandas para el Bienestar; Banco del Bienestar; atención medica y medicamentos gratuitos; Producción para el Bienestar; precios de garantía; distribución de fertilizantes; apoyo a pescadores; Guardia Nacional; Aeropuerto General Felipe Ángeles; producción petrolera; rehabilitación de las seis refinerías existentes; construcción de refinería de Dos Bocas; generación de energía eléctrica con modernización de plantas e hidroeléctricas; mantenimiento y conservación de carreteras; caminos de mano de obra; caminos rurales; carreteras en proceso de construcción; sistema aeroportuario de al Ciudad de México; terminación del Tren Interurbano México-Toluca; terminación de presas y canales; Parque Ecológico Lago de Texcoco; Programa de mejoramiento urbano; Programa Nacional de Reconstrucción; Tren maya; Tren de Guadalajara; internet para todos; desarrollo del Istmo de Tehuantepec; zona libre de la frontera norte; Espacio Cultural de Los Pinos y bosque de Chapultepec; defensa de los derechos humanos.
  6. La Secretaría de Hacienda dispondrá de recursos necesarios para cumplir cabalmente con la entrega de participaciones federales a estados, el pago de nómina, de pensiones y la amortización y servicio de la deuda pública. No se podrá utilizar sin la autorización de Hacienda recursos de fondos o fideicomisos creaos por decreto del Poder Ejecutivo.
  7. Tendrán trato excepcional la Secretaría de Salud, la Guardia Nacional y Secretarías de Marina y de Defensa Nacional.
  8. Se aplicará la Ley de Austeridad republicana de manera rigurosa.
  9. La eficiencia, la honestidad y la austeridad permitirán aumentar el presupuesto para fortalecer el blindaje de programas sociales y proyectos prioritarios en 622 mil 556 millones de pesos, al mismo tiempo se otorgarán tres millones de créditos dirigidos a la población más necesitada y a la clase media.
  10. Lo mismo, se crearán dos millones de nuevos empleos, lo cual todo lo cual hará posible proteger al 70% de las familias mexicanas, equivalente a 25 millones de hogares, sobre todo a los pobres y a los integrantes de las clases medias, todo ello sin aumentar el precio de los combustibles, sin aumentar impuestos o crear impuestos nuevos y sin endeudar al país, vamos a demostrar que hay otra forma de enfrentar la crisis sanitaria, económica o de cualquier índole, cualquier tipo de crisis siempre y cuando no se permita la corrupción, se fortalezcan valores y principios como el del humanismo y se gobierno para y con el pueblo.
  11. Estas medidas aplican para todo el Poder Ejecutivo federal, es decir, se incluyen organismos descentralizados, órganos desconcertados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos. La responsabilidad de aplicación de ordenamiento corresponderá a secretarios, directores de dichos organismos y la Secretaría de la Función Pública.

Primero. El presente decreto entrara en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, el día de hoy y cesar´ en su vigencia el 31 de diciembre del 2020.

Segundo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en un plazo no mayor de 180 días, contadas a partir de la entrada en vigor, llevará a cabo las adecuaciones de carácter presupuestarias que en su caso se requiera».


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