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Metro aclara si puede detener a quien haga entregas en sus instalaciones

En el Metro la ley prohíbe el comercio informal en sus instalaciones y en un polígono de 25 metros fuera de las estaciones.

El Metro aseguró que los operativos que se hacen en las estaciones es en contra del comercio informal Foto: Graciela López | Cuartoscuro

En días recientes circularon en redes sociales algunos supuestos anuncios del Metro, en los cuales se prohibía la entrega de productos en las estaciones de ese sistema de transporte, incluso se referían a varias artículos de la Ley de Cultura Cívica y a la de Movilidad, según los cuáles quienes no acataran esas medidas serían detenidos.

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Los anuncios causaron molestia entre las personas, pues consideraron que para muchas personas que se han quedado sin trabajo han encontrado en el comercio una forma de tener ingresos, además de que para muchos hacer sus entregas en el Metro les facilita hacer sus transacciones de forma segura.

Sin embargo, la autoridades del Metro desmintieron la veracidad de los anuncios, además de asegurar que ningún policía que cuida las estaciones puede detener a ninguna persona que intercambie algún producto.

Sobre los operativos que se realizan, precisaron que se llevan a cabo en contra del comercio informal, lo cual no está permitido, tato en las instalaciones como en sus inmediaciones.

Esto está establecido en el artículo 16 de la Ley de Movilidad: “Ejercer el comercio ambulante, en las unidades, carros y/o vagones, andenes, estaciones, túneles, corredores, escaleras, zonas de acceso, salidas y zonas de distribución y zonas de acceso y salida de las estaciones en un polígono de 25 metros”.

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Hace unas semanas se difundió un video sobre la detención de una mujer que hizo una entrega en el Metro, la cual fue llevada al Ministerio Público en la colonia Guerrero, ante los cual el SCT Metro aseguró que la situación se aclaró, pero los policías fueron remitidos a la unidad de Asuntos Internos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

Finalmente, según lo establecido en el protocolo de actuación policial de la SSC, las personas sólo pueden ser detenidas en flagrancia, no por supuestos ni sospechas. Los policías tampoco pueden revisar las pertenencias de las personas sin ninguna orden judicial.

(Con información de Milenio)

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