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SFP autoriza hasta al 30 de julio trabajo en casa; publica acuerdo en DOF

Los empleados de la administración pública federal podrán incorporarse a sus actividades laborales hasta agosto

Un mujer realiza home office, mientras que su hijo juega en un descanso de las clases virtuales. CIUDAD DE MÉXICO, 04MARZO2021.- La pandemia aceleró la apertura de las empresa al home office (trabajo desde casa), esta modalidad está siendo adoptada por miles de hombres y mujeres que pueden llevar sus actividades laborales desde su hogar, sin arriesgarse a permanecer muchas horas en lugares cerrados, como las oficinas que carecen de la ventilación adecuada una condición que eleva las probabilidades de contagio de Covid-19. En el caso de la madres de familia la carga es doble ya que tienen que cumplir con las entregas laborales, además de ocuparse de que los hijos cumplan con las clases en línea, y de los deberes domésticos que acumulan en el día, estas dos últimas actividades sin remuneración económica. Sin embargo mujeres señalan esta modalidad de trabajo virtual les permite más convivencia con sus hijos, a quienes en la modalidad de trabajo presencial las obligaba a dejarlos de 8 a 10 horas. FOTO: MOISÉS PABLO/CUARTOSCURO.COM (Moisés Pablo/Moisés Pablo)

La Secretaría de la Función Pública (SFP) publicó el acuerdo en el que se hace oficial la prolongación hasta al 30 de julio del trabajo en casa de los empleados del gobierno federal. Tiene el objetivo de reducir el contagio de Covid-19 y proteger la salud de los servidores y de la ciudadanía. Con esto sumarán 16 meses sin regresar a sus oficinas.

Así, en el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se detalla que de conformidad con las necesidades se autorice o facilite a las personas servidoras públicas el trabajo en casa.

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«Durante el periodo comprendido entre el 3 de mayo y el 30 de julio de 2021, las personas titulares de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de las Unidades de Administración y Finanzas o equivalentes en la administración pública federal, podrán autorizar o facilitar a las personas servidoras públicas», menciona.

El teletrabajo está autorizado cuando no altere las funciones de las instancias del servicio público o para personas en situación vulnerable.

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«Trabajo a distancia, en los casos en los que sea posible y no se altere el debido cumplimiento de sus funciones, con especial énfasis en las personas servidoras públicas con discapacidad, embarazadas o en lactancia y personas con enfermedades crónicas consideradas de riesgo».

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