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Corte ordena indemnizar con 21 mdp a menor contagiado con VIH en el IMSS

El menor de 12 años resultó infectado en abril de 2008 tras una transfusión sanguínea realizada en el Centro Médico Nacional La Raza

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debe pagar 21 millones de pesos de indemnización a menor de edad que fue contagiado con VIH mientras estaba internado en el hospital La Raza.

Luego de que el caso estuvo en litigio durante ocho años, los ministros resolvieron que el Instituto tiene que otorgar al afectado 11.6 millones de pesos por daño moral y 9.3 millones por daño personal.

“La justa reparación en este caso debe remediar monetariamente el contagio de VIH-SIDA en la vida adulta del menor quejoso, ya que limitó las opciones en su proyecto de vida, incluyendo el desarrollo de una vida sexual plena y una familia, además de que le generó un daño material al acotarle las opciones laborales y limitarle con ello su ingreso potencial”, señaló la sala durante la sesión.

Además, la Segunda Sala ordenó al Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) dictar una nueva sentencia para que el IMSS brinde servicios médicos gratuitos y de por vida al afectado, que actualmente ya es mayor de edad, así como atención psicológica que requieran los padres y hermanos del quejoso.

Contagio y litigio

El fallo ocurre luego de que el menor de 12 años resultó infectado con VIH/Sida en abril de 2008 tras una transfusión sanguínea realizada en el Centro Médico Nacional La Raza, en la Ciudad de México.

Ante esto, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recomendó la reparación del daño que permitiera, en la medida de lo posible, restablecer las condiciones físicas y psicológicas en que se encontraban antes del contagio.

El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) calculó una nueva indemnización, pero el IMSS interpuso un recurso de revisión administrativa contra la resolución.

Mientras, el afectado (que para entonces había alcanzado la mayoría de edad) y su padre promovieron un amparo directo, y ambos fueron atraídos por la Segunda Sala dela SCJN para determinar los alcances del sistema de responsabilidad patrimonial del Estado en este caso.

 

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