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Topo Chico ¿Pone al descubierto la verdadera situación del sistema penitenciario?

Se tiene registro que desde 1959 hubo episodios de violencia en el Penal, y en marzo de 1980 sucedió un motín dentro en el que un interno asesinó al Director y secuestró a su chofer

Mariana Gómez del Campo, PAN

El Centro de Prevención y Readaptación Social (CERESO) Topo Chico fue construido en 1943, ubicado al poniente de Monterrey, en Nuevo León, y durante muchos años fue el único penal en funciones en la ciudad; se tiene registro que desde 1959 hubo episodios de violencia en el Penal, y en marzo de 1980 sucedió un motín dentro en el que un interno asesinó al Director y secuestró a su chofer y a sus dos secretarias.

Desde entonces, ya se contemplaba un camino a seguir para readaptar a los internos, que contaba con tres pilares: educación, capacitación por medio del trabajo y atención psiquiátrica. Pero la realidad es que el hacinamiento y la corrupción ya eran problemas que afectaban a los reclusos.

El sistema penitenciario mexicano tiene problemas integrales desde su concepción. Según datos del Informe “La Cárcel en México, ¿para qué?” del Centro de Análisis de Políticas Públicas México Evalúa, la prisión se utiliza de manera intensiva e irracional, pues 58.8% de las sentencias corresponden a delitos menores y no violentos, con penas de menos de tres años de prisión.

Además, el 41.3% de los internos se encuentran en prisión preventiva, pues aún no han sido sentenciados pero permanecen en la cárcel.

Por otro lado, los centros penitenciarios están lejos de ser centros de readaptación social, sufren una clara estigmatización, en buena medida esto surge por los nulos resultados sociales que demuestran (al igual que todo el sistema de procuración de justicia), pues es evidente que no existen protocolos de actuación con respeto a los derechos humanos, es recurrente que conocemos las historias de privilegios y corrupción en su interior que tienen como operadores a los elementos de custodia y llega hasta los directivos, y donde hasta los más elementales criterios como la presunción de inocencia se convierten en mitos en los procesos penales.

Es este contexto el que permite a los grupos de la delincuencia organizada corromper la estructura institucional, haciendo de los penales verdaderos búnkeres de operaciones criminales y semilleros de delincuentes donde además los cobros de cuotas y el contrabando de todo lo inimaginable representan millones de pesos que a diario se mueven en su interior.

Datos de la Secretaría de Gobernación indican que en todo el país hay una población carcelaria de 223,187 internos en los 372 centros estatales y municipales, sin embargo, la capacidad en dichos penales asciende a 175,017 lugares, por lo que la sobrepoblación es del 28%. Este hacinamiento merma la calidad de vida de los reclusos y abona a que se presenten episodios de violencia.

Desde Acción Nacional respaldamos lo dicho por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en México (UNODC) y por la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos humanos (ONU-DH) a través de un llamado al Gobierno mexicano a analizar las causas de fondo que dieron origen a los lamentables hechos de Topo Chico y a transformar de fondo las políticas penitenciarias. Se requiere un enfoque de verdadera reinserción social, respeto y garantía a los derechos humanos, que vayan de la mano de esquemas que combatan la corrupción, pero sobre todo, de campañas de prevención del delito.

Atender por si solo al sistema penitenciario seria solo enfocarnos a querer solucionar las consecuencias sin detenernos a ver la raíz del problema. Lo que ocurre en la mayorías de las cárceles tiene su origen en personas que provienen de familias que sufren desintegración, violencia y valores desvirtuados. Tenemos que trabajar de manera integral si queremos mejorar a la sociedad y eso implica darle un rostro humano a todas las políticas públicas. El gobierno debe ser un protagonista en esta labor.

Alejandra Barrales, PRD

Los trágicos hechos ocurridos en el penal de Topo Chico muestran la vulnerabilidad que podría haber en los 388 centros penitenciarios del país. Hace unos días, el comisionado Nacional de Seguridad reconoció que 70% de éstos presentan saturación y condiciones de ingobernabilidad.

Los centros penitenciarios del país son un foco rojo que se debe atender a la brevedad posible. Se debe  mantener una estrategia constante y enfocada contra la impunidad y la corrupción que ha permeado en los que deberían ser centros de readaptación social.

De acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos, los ambientes de violencia en nuestras cárceles, no solo afectan la rehabilitación y reinserción de los internos, sino que además limita la posibilidad de una vida digna.

Existe el compromiso y se han dado pasos importantes para el mejoramiento del Sistema de Justicia en nuestro país, sin embargo, hay entidades en las que falta la implementación del Código Nacional de Procedimientos Penales, que tiene como fin evitar el hacinamiento en los reclusorios del país.

Es necesario contar con programas que contribuyan a lograr la readaptación social de los internos a la vida diaria; agilizar la ley para evitar que una persona pase años presa en espera de sentencia;  garantizar la separación de detenidos por delitos graves de los que cometieron un delito menor.

De ahí la urgencia de seguir fortaleciendo el Estado de Derecho en el país y agilizar la implementación del nuevo sistema de justicia penal.

Ana Lilia Herrera Anzaldo, PRI

Los lamentables hechos ocurridos en el Centro Penitenciario del Topo Chico, en el estado de Nuevo León el jueves pasado, pusieron de manifiesto dos puntos sustanciales para la reflexión:

Primero, evidenciaron una realidad que requiere urgente atención. En nuestro país existen 257 mil 291 internos distribuidos en 387 centros penitenciarios, cuya capacidad máxima total es de 203 mil 228 personas.

De acuerdo con estadísticas de la Comisión Nacional de Seguridad, a febrero de 2015 existía sobrepoblación en 210 centros de readaptación social. Y particularmente el penal de Topo Chico registraba mil 39 personas más por encima de su capacidad que es de tres mil 382 internos.

Con esa tasa de ocupación México excede los límites establecidos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que considera que privar de su libertad a una persona en condiciones de hacinamiento es un trato cruel.

La segunda reflexión está orientada hacia los alcances y límites de los gobiernos locales en materia de seguridad. Omitir por ignorancia un convenio federal en materia de seguridad es una responsabilidad.

Es lamentable que la tragedia de Topo Chico sea hoy el referente para ponderar la actuación de un gobierno emanado de la vía independiente, pues la sociedad no tiene a ningún partido político al cual reclamar las acciones u omisiones que la provocaron y, menos aún, no existe quién pague el costo de lo ocurrido.

Los mexicanos y con mayor razón los neoloneses, merecen un informe detallado sobre las acciones de seguridad que, en su caso, pudieron haber alertado sobre un posible amotinamiento en el centro de readaptación.

El gobierno estatal informó el fallecimiento de 52 personas y 12 heridos;  autoridades afirman que se registraron detonaciones e incendios dentro de las instalaciones del penal lo que ocasionó la movilización de las fuerzas de seguridad y el establecimiento de un cerco policíaco.

Como lo suscribimos todos los grupos parlamentarios en la Cámara de Senadores el mismo día en que ocurrieron los hechos, se trata de  una afrenta al estado de derecho y a las instituciones de seguridad y justicia.

El 18 de junio de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la reforma constitucional que sienta las bases para el establecimiento de un nuevo sistema de justicia penal en México.

Nos encontramos a cuatro meses de que venza el plazo constitucional para su implementación en todo el país, y sin duda, servirá para la despresurización de los sistemas penitenciarios ya que considera que solo se impondrá la prisión preventiva cuando otras medidas no sean suficientes para garantizar la presencia del imputado, el adecuado desarrollo de la investigación o la protección de la víctima, y no podrá exceder del tiempo que la ley fije como pena del delito por el cual se está procesando al imputado.

Además de que transcurrido el plazo de dos años sin que el juez pronuncie sentencia, el imputado será puesto en libertad de inmediato mientras dure el proceso.

En forma paralela, en el Senado de la República seguimos trabajando en las reformas legales que transformen las actuales condiciones de nuestro sistema penitenciario.

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