¿Existe una crisis de derechos humanos ante intervenciones de policías y militares?

Mariana Gómez del Campo

Debemos distinguir entre la intervención de las fuerzas armadas y la intervención policíaca, y en cualquier caso no debe generalizarse.

La crisis de derechos humanos que padece México tiene muchos orígenes. Un ellos –quizá el principal- es la impunidad que igual deja sin castigo a delincuentes –secuestradores, asesinos y traficantes de droga- que a autoridades –incluyendo cuerpos de seguridad-.

Evidentemente cuando esos ilícitos son cometidos por quienes se supone deben garantizar la seguridad de los ciudadanos, cobran especial relevancia pues además derivan en violaciones a los derechos humanos.

Ayotzinapa es el más claro ejemplo de ello. Un suceso en donde los protagonistas fueron las autoridades municipales de Iguala y las policías de ese mismo lugar y de Cocula nos enseña que en México efectivamente padecemos de una crisis de derechos humanos y una crisis de impunidad en donde -a casi tres años- las autoridades federales han sido incapaces para presentar la verdad de los sucesos y castigar a todos los responsables.

En Iguala, ¿la intervención de las policías municipales derivó en una violación de los derechos humanos? No hay duda de eso. Lo sucedido es una muestra de que las policías locales son, en el mejor de los casos, incapaces de enfrentar al crimen organizado y, en el peor de los casos, demuestra el nivel de colusión e infiltración que los criminales tienen con esas policías.

Ahora bien, la intervención de las fuerzas armadas debe distinguirse. No es que su acción pueda estar exenta de abusos o violaciones, pero su trabajo sin duda es profesional, respetado por la sociedad y acorde a estándares de disciplina que pueden ser corroborados.

A la par, y afortunadamente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha acotado desde el 2012 el llamado fuero militar, obligando a que miembros de las fuerzas armadas puedan ser enjuiciados en juzgados civiles (no militares) en aquellos casos en los que se les impute algún delito en el ejercicio de sus funciones y que esté vinculado con civiles. Este límite impuesto por la Corte es un elemento esencial para combatir casos de posibles violaciones a los derechos humanos (y la comisión de delitos desde luego) cuando estén implicados miembros del Ejército y la Marina.

No obstante, en el fondo sigue subsistiendo en muchas personas la duda acerca del papel de las fuerzas armadas en materia de seguridad pública. En Acción Nacional tenemos claro que la intervención de las fuerzas armadas debe ser sólo para el combate al crimen organizado, no para la persecución de delitos del fuero común, para ello necesitamos policías estatales confiables y sólidas. Los gobernadores y los presidentes municipales son responsables de esas policías, no pueden eludir su responsabilidad, es hora de que le entren decididamente a cumplir con esa tarea.

En tanto tengamos policías como las de Iguala o de Cocula y no existan estándares ni protocolos de actuación profesionales de las fuerzas policíacas, la intervención del Ejército o de la Marina seguirá siendo una necesidad que la realidad impone. Pero trabajar en la protección de los derechos humanos seguirá siendo una prioridad, prioridad que el actual Gobierno Federal no parece tener clara.

Marcela Guerra

Nuestro país experimenta una situación de inseguridad pública, pero no una crisis por la violación de los derechos humanos.

Las fuerzas policiacas y militares requieren reglas claras que les proporcionen certeza jurídica ante las tareas que se les encomiendan.

De acuerdo con datos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en el sexenio pasado se acumularon 9 228 quejas por violaciones a los derechos humanos por parte de las fuerzas armadas. En la actual administración se han registrado 3 180 quejas, lo que representa una disminución significativa.

Los compromisos internacionales en materia de derechos humanos asumidos por México, de la mano de la profunda convicción de poner en el centro de toda política pública la dignidad de la persona, son muestras claras de nuestros avances democráticos.

No obstante lo anterior, existe una omisión legislativa que consiste en la ausencia de una ley que regule la acción del ejército fuera de los cuarteles, por causas extraordinarias y cuando las fuerzas policiales hayan sido superadas.

A fin de suplir ese déficit, se han presentado iniciativas para contar con una Ley de Seguridad Interior, que por falta de acuerdos, se encuentra estancada en la Cámara de Diputados.

La parálisis en el proceso legislativo se explica ante la diversidad de opiniones sobresi el ejército debe suplir a las policías en la tarea de brindar seguridad a los ciudadanos. Por mandato y vocación, las fuerzas armadas no deben suplir una tarea de seguridad pública.

El regreso del ejército a sus cuarteles suscita otro debate y hay adelanto en la discusión legislativa para que éste sea progresivo y vaya acompañado del fortalecimiento y profesionalización de las instituciones policiales.

En México contamos con instituciones autónomas para proteger y defender los derechos humanos de los individuos y promover su observancia mediante el estudio, la enseñanza y la divulgación de la cultura en esta materia.

Esto significa que cualquier ciudadano que cuente con elementos suficientes para denunciar una violación a sus derechos humanos, puede acudir a estas instancias, quienes tienen el deber de investigar y en su caso, recomendar la realización de acciones para que exista la reparación del daño y evitar la repetición de actos contrarios a la Constitución.

* Las declaraciones y opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de quien las escribe y firma, y no representan el punto de vista de Publimetro.

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