Santa Lucía necesita plena división de poderes

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el más importante ordenamiento legal en nuestro país y el que sienta las bases de nuestro sistema jurídico establece que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, deberán promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.

En este sentido, si alguna de las autoridades, con sus actos u omisiones vulneran o violan dichos derechos, la propia Carta Magna prevé los medios de defensa correspondientes, con el fin de que se reparen las violaciones a esos derechos.

En efecto, uno de los medios de control constitucional más importantes es el juicio de amparo, que tiene como fin que se reparen las violaciones de derechos humanos y fundamentales de las personas, mismo que es resuelto por los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación.

En el caso de la construcción del nuevo aeropuerto en la base de Santa Lucía, diversas personas físicas y morales, en ejercicio de ese derecho, han interpuesto diversos juicios de amparo, considerando que con tal proyecto se trastocan principios fundamentales previstos en la Constitución Federal, lo cual, preciso, no necesariamente es así, pues serán los jueces y tribunales federales, quienes, después de llevarse a cabo los procedimientos respectivos, determinarán si se vulneran los derechos o no.

Por lo anterior, considero que en México se debe respetar el principio de división de poderes, lo cual, implica que las resoluciones que se han dictado y se dicten en los juicios de amparo en relación con la construcción del nuevo aeropuerto de Santa Lucía deben ser respetadas por el ejecutivo, partiendo de la base de que, en un verdadero estado de derecho, los jueces son independientes, autónomos y dictan sus resoluciones apegadas estrictamente a la ley.

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