Opinión

La justicia no se debe someter a consulta

Hasta el día de hoy e incluso antes de que se hiciera público el Proyecto de constitucionalidad de la materia de consulta popular del Ministro Ponente Luis María Aguilar, ni un solo especialista o estudioso del Derecho Constitucional, se había manifestado a favor de dicha consulta.

Recordemos que desde que el Presidente Andrés Manuel López Obrador, esbozó la idea de llevar a una consulta popular sobre si se enjuiciaba o no a los Ex Presidentes, antes de que hubiese una recolección de firmas en las plazas públicas, antes de que el Senado recibiera la petición formal del Poder Ejecutivo, los constitucionalistas más prestigiados del país afirmaron que ésta petición de consulta carecía de un sustento jurídico sostenible.

Especialistas del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) señalaron a principios de septiembre, que realizar una consulta pública tiene una base constitucional, pero en este caso, el tema de su convocatoria que es para pedir el enjuiciamiento sobre tres ex Presidentes, no necesariamente es válido, porque la Ley Federal de Consulta Popular aprobada en el Congreso de la Unión en 2014 señala los temas que no deben ser sujetos a consulta: los derechos humanos reconocidos en la Constitución y los Tratados Internacionales, los temas electorales, los ejes estructurales del país (como el sistema financiero), los temas relacionados con la seguridad nacional o la manera en que la administración gastará el presupuesto.

Ahora bien, el Ministro Luis María Aguilar en el Proyecto de resolución que discutirá el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el próximo jueves 1 de octubre, señala que: “La consulta popular no puede tener por objeto la restricción de los derechos de las personas, lo que implica, necesariamente, que tampoco puede consultarse si las autoridades pueden o deben proteger los derechos humanos, pues esa es su obligación constitucional. A la ciudadanía no le corresponde decidir si se deben investigar o procesar los delitos cometidos en ejercicio de la función pública, la participación ciudadana tiene otros medios de interacción en esa dimensión, a ella compete obligadamente denunciar los hechos delictivos de los que tengan noticia y coadyuvar, en su caso, con las instituciones del Estado”.

Debemos confiar pues, en nuestras instituciones. Debemos tener confianza en que la resolución que tomen las y los Ministros deben estar fundadas y motivadas en el Derecho y a nosotros, como ciudadanos, nos corresponde mantenernos informados de sus argumentos y no emitir opiniones desinformadas, pues hoy en día, todas las decisiones del máximo tribunal de nuestro país corresponden al principio de máxima publicidad y de transparencia, por lo tanto, basados en esos principios, cualquiera de nosotros puede ir al sitio de internet de la Suprema Corte y conocer su argumentación.

No contribuyamos al deterioro de las instituciones desacreditando las decisiones que la Corte tome a este respecto, por el simple hecho de pretender hacer un juicio a los Ex Presidentes en la plaza pública, porque eso no nos corresponde.

Vivimos en un Estado de Derecho donde a cada poder le corresponde una responsabilidad y tenemos que ser garantes de que cada uno de ellos lo cumpla sin desacreditar cuando las decisiones son contrarias a lo que nosotros deseamos o aplaudirlas cuando resultan favorables a lo que nosotros queremos.

* Las declaraciones y opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de quien las escribe y firma, y no representan el punto de vista de Publimetro.

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