Con esta pregunta debemos primero afirmar la autonomía del Instituto Nacional Electoral, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y pedir que siempre estos y todos los órganos de gobierno se conduzcan con apego a la legalidad y a la constitucionalidad.
Entendido esto, debemos refrendar nuestra confianza y circunscribirnos, en concreto a las multas que han resultado más mediáticas, es decir, al Partido Verde por el tema de las y los influencers, así como a la impuesta a Movimiento Ciudadano por la intervención de Mariana Rodríguez en la campaña de su esposo, el Gobernador Electo de Nuevo León, Samuel García.
En ambos casos nos encontramos con una dimensión del Derecho Electoral por un lado atendiendo al principio constitucional de equidad en la contienda y, por otro lado, el importante y vital derecho a la libertad de expresión.
En el caso del Partido Verde la lógica deviene del hecho de que independientemente de que todas y todos tenemos el derecho de expresar nuestras preferencias políticas, la normatividad marca tiempos para poder expresarlo, por lo que subir esos videos e imágenes en plena veda electoral queda claro que se trata de una violación a la legislación electoral.
Respecto de la multa impuesta a Movimiento Ciudadano bajo el argumento de que las publicaciones en la cuenta de redes sociales de Mariana Rodríguez en las que aparece el entonces candidato Samuel García, es un tema aún más complejo que requiere de toda la atención de nosotros como legisladores, ya que nos encontramos ante lo que los estudiosos del Derecho llaman colisión de normas.
Por un lado el estricto derecho de que, al tratarse de una cuenta con muchos seguidores, útil para negocios de la Señora Rodríguez con un alcance enorme, debió reportarse como gasto de campaña para no afectar la equidad en la contienda. Por el otro el derecho humano a expresarse por parte de Mariana sobretodo cuando se trata de su esposo, atendiendo a que en varias materias como civil, familiar o penal, el tratamiento de apoyo e intervención de familiares tiene un trato especial.
En conclusión, las sanciones me parecen adecuadas legalmente, apegadas a derecho, sin embargo, es una llamada de atención para revisar la materia electoral en estos casos específicos en que se involucra de forma inédita el derecho a la libertad de expresión, el vínculo familiar y las no tan reguladas redes sociales.