El cierre de cines, teatros, baños públicos, gimnasios, club de servicios, casinos, bares, centros deportivos, antros, salones de fiesta, zoológicos y demás lugares donde pudiera haber aglomeración de personas quedarán suspendidos de manera temporal en Puebla para evitar los contagios de Covid-19.
Estas acciones forman parte de los decretos que publicará el Gobierno de Puebla para mitigar los riesgos de contagio por coronavirus en la entidad poblana, así como la suspensión de actividades en áreas no sustantivas al interior de la administración estatal.
Además de que adultos mayores, personas con alguna discapacidad, mujeres embarazadas y con alguna enfermedad degenerativa reanudarán sus actividades hasta el 19 de abril sin ninguna repercusión económica.
El decretó que fue dado a conocer por la Coordinadora General de Protección Civil, Ana Lucia Hill Mayoral y el Consejero Jurídico, Ricardo Velázquez señala la suspensión temporal de actividades públicas, privadas, y cierre parcial de negocios.
En rueda de prensa señalaron que quedan prohibidas las reuniones masivas de más de 100 personas como son eventos religiosos, sociales, culturales, mientras que en los museos se recomienda el cierre parcial y en los que tengan que abrir deberán hacerlo sólo al 50% de su capacidad y mantener la distancia de 1.5 metros.
Además de que aquellos restaurantes que estén en funcionamiento deberán abrir al 50% y establecer distancia de dos metros entre cada mesa.
En este sentido el gobernador, Miguel Barbosa Huerta indicó que la administración estatal no puede frenar sus actividades, por lo que las secretarías de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Salud así como la Consejería Jurídica serán las únicas que estarán operando.
“Ya los titulares de las dependencias y de los OPD, han entregado a la Segob la lista de las áreas no esenciales, hay áreas que tienen personal de la tercera edad, mujeres embarazadas, con discapacidad y con alguna enfermedad que los haga propensos a tener sus defensas bajas ante el coronavirus y buscamos protegerlos”, dijo.
Penas de dos años a quienes incumplan con medidas
De acuerdo con el capitulo sexto del Código Penal del Estado de Puebla en su artículo 213, se establece del peligro de contagió y propagación de enfermedades señala que: “ Al que sabiendo que padece un mal venéreo o cualquier otra enfermedad crónica o grave que sea transmisible por vía sexual o por cualquier otro medio directo, pusiere en peligro de contagio la salud de otra persona, se le impondrá prisión de treinta días a dos años y multa de veinte a mil días de salario”.
Es decir, la persona que sea portada de Covid-19 y enferme a otra de manera intencional la multa será de mil 737 pesos hasta 86 mil 880.
Mientras que el artículo 214 que habla de los supuestos previstos en el artículo anterior son aplicables en las siguientes disposiciones: “Se presumirá el conocimiento de la enfermedad, cuando el agente presente lesiones o manifestaciones externas de trastornos fácilmente perceptibles. La pena se impondrá, sin perjuicio de las sanciones que correspondan si se causa el contagio o algún otro daño o lesión, o de los que resultaren por la transmisión de una enfermedad”.
Piden no encarecer productos de la canasta básica
Ante las compras de pánico que han realizado poblanos en productos de la canasta básica, de limpieza y uso médico autoridades pidieron al sector empresarial a no encarecer estos enceres que perjudican al bolsillo de las familias poblanas.
Además, anunciaron que la Secretaría de Economía y la delegación de la Procuración Federal del Consumidor (Profeco) vigilarán esta medida y quienes los incrementen de manera injustificada serán acreedores a las sanciones correspondientes.
Para disminuir los riesgos de contagio a bordo del transporte público los concesionarios deberán realizar acciones de sanitización cada hora en sus unidades, además de evitar el lleno total de las unidades para mantener la distancia de 1.5 metros.