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Frente Cívico Nacional impugnará a 6 de los finalistas a consejeros del INE

Guadalupe Acosta afirmó que hay recursos legales que se pueden interponer ante la SCJN y el TEPJF contra los perfiles que no cumplen con los requisitos

Candidatos a consejeros del INE
Candidatos a consejeros del INE con lazos morenistas

Tras darse a conocer la lista de los 20 finalistas a ocupar las cuatro vacantes del Consejo General del INE, con la advertencia sobre la falta de autonomía de seis de sus integrantes, el Frente Cívico Nacional no descarta impugnar sus nombramientos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Los perfiles que el Frente Cívico Nacional señala que carecen de idoneidad son: Bertha Alcalde Luján, hermana de la secretaria del Trabajo, Luisa Alcalde Luján; Guadalupe Álvarez Rascón, hijo del senador de Morena José Antonio Álvarez; Zircey Bautista Arreola, esposa del subsecretario de la Sedatu, Daniel Octavio Fajardo; Guadalupe Taddei Zavala, tía del director de LitioMX, Daniel Taddei; Netzaí Sandoval Ballesteros, hermano de la exsecretaria de la Secretaría de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval; y Víctor Humberto Mejía Naranjo, consejero del Instituto Electoral y de Participación de Tabasco.

Tras participar en el segundo Consejo Nacional del Frente Cívico Nacional, Guadalupe Acosta Naranjo, uno de los voceros del frente señaló que estos seis perfiles son cercanos a Morena, los cuales serán sometidos a votación por el pleno de la Cámara de Diputados el 30 de marzo pero no cumplen con el criterio de autonomía e imparcialidad, por lo que, de ser elegidos, acudirán ante las instancias legales a impugnarlos.

Guadalupe Acosta Naranjo
Guadalupe Acosta Naranjo en el segundo Consejo Nacional del Frente cívico Nacional (Foto: Redes Sociales)

Para entender el contexto: Hermana de secretaria del Trabajo y otros afines a Morena se perfilan para el INE

“Yo creo que hay recursos legales que se pueden interponer. De los seis perfiles que no cumplen con la idoneidad, ese es un motivo para poder impugnar legalmente, porque para ser consejero del INE hay requisitos que se contemplan en la Ley y ellos no cumplen ese requisito. El principal es el de la imparcialidad porque son claramente simpatizantes de Morena y el árbitro como todo el mundo lo sabe, tiene que ser imparcial”, sostuvo en entrevista con medios de comunicación.

El exdiputado federal del PRD indicó que el proceso de renovación de consejeros se contaminó desde la conformación del Comité Técnico de Evaluación de aspirantes a ser consejeros del INE, ya que se integró en su mayoría por perfiles a fines al oficialismo y el resultado de eso será la conformación de una quinteta para la presidencia integrada por mayoría morenista.

“Vamos a tener que llegar de nueva cuenta a tribunales si insisten en esa circunstancia, todavía no se da, pero esperamos, tengo poca esperanza, que entre en razón, ya acepten que el INE tiene que tener árbitros imparciales”, explicó el perredista.

El viernes, el Comité Técnico de Evaluación difundió la lista con los 20 finalistas del proceso de elección de consejeros electorales y María Esther Azuela, integrante de dicho comité, advirtió que seis perfiles no cumplen con los estándares de independencia y autonomía que requiere el cargo de consejero electoral y por ello votó en contra.

¿Cuáles son los requisitos para ser consejero del INE?

  • Ser ciudadanos mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad, además de estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos
  • Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar
  • Tener más de 30 años de edad, el día de la designación
  • Poseer al día de la designación, con antigüedad mínima de cinco años, titulo profesional de nivel licenciatura y contar con los conocimientos y experiencia que les permitan el desempeño de sus funciones
  • Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por el delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial
  • Haber residido en el país durante los últimos dos años, salvo el caso de ausencia en servicio de la República por un tiempo menos de seis meses
  • No haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la designación
  • No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la designación
  • No ser secretario de Estados, ni procurador general de la República o del Distrito Federal, ni gobernador ni secretario de Gobierno, a menos que se separe de su cargo con cuatro años de anticipación el día de su nombramiento
  • No ser ni haber sido miembro del Servicio Profesional Electoral durante el último proceso electoral federal ordinario.

El consejero presidente y los consejeros electorales durarán en su cargo nueve años y no podrán ser reelectos. Serán electos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados.

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¿Qué dice la Constitución?

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 41, Apartado A, Inciso B dice:

B) El comité recibirá la lista completa de los aspirantes que concurran a la convocatoria pública, evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales legales, así como su idoneidad para desempeñar el cargo; seleccionará a los mejores evaluados en una proporción de cinco personas por cada carga vacante, y remitirá la relación correspondiente al órgano de dirección política de la Cámara de Diputados.

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