Las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la Función Pública (SFP) publicaron este miércoles en el Diario Oficial de la Federación el “acuerdo mediante el cual se expide el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal”, en el que refleja los incrementos salariales para funcionarios públicos que entrarán a vigor a partir de junio próximo.
En el artículo 8 del acuerdo firmado por los secretarios Rogelio Ramírez de la O y Roberto Salcedo, se señala que ningún servidor público podrá ingresar más que el Presidente de la República.
También se señala que ningún servidor público podrá recibir una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico, salvo que el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos, pero “la suma de dichas retribuciones no deberá exceder la mitad de la remuneración establecida para el Presidente de la República en el Presupuesto de Egresos, en términos de las disposiciones aplicables”.
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Además, en los anexos del acuerdo se detallan los tabuladores salariales para los funcionarios de la administración pública, en los que se puede apreciar que la percepción total mensual del presidente López Obrador presenta un incremento de 5.5%.
De acuerdo con el tabulador de 2022, el presidente tuvo desde el 1 de junio de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023 un ingreso mensual de 118 mil 412 pesos y 30 mil 974 pesos por concepto de prestaciones en efectivo y en especie, por lo que el total de su percepción ordinaria neta fue de 149 mil 386 pesos cada mes.
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A partir del 1 de junio de 2023, AMLO recibirá 124 mil 693 pesos por el concepto de sueldos y salarios y 32 mil 965 por prestaciones, lo que suma una percepción neta mensual de 157 mil 658 pesos.
Mientras tanto, para los secretarios de Estado el ingreso neto mensual pasó de 146 mil 93 pesos a 153 mil 965 pesos, mismo incremento que tuvo el presidente.
¿Cuánto ha ganado AMLO en la presidencia?
- 109 mil 895 pesos por ingreso mensual
- 27 mil 461 pesos por prestaciones (en efectivo y en especie)
- Total de su percepción ordinaria neta: 137 mil 356 pesos al mes
- 113 mil pesos por ingreso mensual
- 29 mil 282 pesos por prestaciones (en efectivo y en especie)
- Total de su percepción ordinaria neta: 143 mil 216 pesos al mes (+4.2% con respecto al año anterior)
- 114 mil 801 pesos por ingreso mensual
- 29 mil 621 pesos por prestaciones (en efectivo y en especie)
- Total de su percepción ordinaria neta: 144 mil 422 pesos al mes (+0.8% con respecto al año anterior)
- 118 mil 412 pesos por ingreso mensual
- 30 mil 974 por prestaciones (en efectivo y en especie)
- Total de su percepción ordinaria neta: 149 mil 386 pesos al mes (+3.4% con respecto al año anterior)
- 124 mil 693 pesos por ingreso mensual
- 32 mil 965 por prestaciones (en efectivo y en especie)
- Total de su percepción ordinaria neta: 157 mil 658 pesos al mes (+5.5% con respecto al año anterior)
¿Cuáles son las prestaciones por trabajar en el Gobierno?
Además, el acuerdo establece n las prestaciones a las que los funcionarios públicos tienen derecho. Por ejemplo, se considera remuneración o retribución toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales. En este rubro, quedan excluidos los servicios de seguridad que requieran los servidores públicos por razón del cargo desempeñado.
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La prima vacacional, que equivale al 50% de 10 días de sueldo base tabular, se otorgará a los servidores públicos por cada uno de los 2 periodos vacacionales a que tengan derecho a disfrutar.
Los servidores públicos con más de seis meses consecutivos de servicio tendrán derecho a disfrutar de dos periodos de diez días hábiles de vacaciones por año, con base en la propuesta de cada servidor público a su superior jerárquico.
El primer periodo se otorgará preferentemente durante los periodos vacacionales del calendario escolar establecido por la Secretaría de Educación Pública, y el segundo periodo se otorgará preferentemente en el mes de diciembre; sin afectar el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.
La prima vacacional no deberá ser menor del 25% sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.
También se otorgará un aguinaldo anual, que recibirán los servidores públicos por un monto equivalente a 40 días de salario cuando menos, que deberá cubrirse en un 50% antes del 15 de diciembre y el 50% restante a más tardar el 15 de enero.