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El último clavo al Plan B de AMLO: SCJN planea tirar la segunda parte de la Reforma Electoral de la 4T

Sin un criterio de fondo, la Suprema Corte de Justicia invalidará la iniciativa por la forma en la que fue aprobada en el Poder Legislativo

CIUDAD DE MÉXICO, 14JUNIO2023.- Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, encabezó la conferencia mañanera de este miércoles donde habló sobre los proyectos hidricos durante su gobierno. FOTO: DANIEL AUGUSTO /CUARTOSCURO.COM
Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, encabeza la conferencia mañanera de este miércoles. SCJN le podrá final al Plan B de la Reforma Electoral de AMLO (Cuartoscuro) (Cuartoscuro /Daniel Augusto)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) planea tirar la segunda parte del llamado Plan B de la Reforma Electoral promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), cerrando, de esta manera, el capítulo de las iniciativas del Ejecutivo federal para modificar las instituciones electorales de México.

A través de un comunicado oficial, la SCJN informó que el proyecto de dictamen, a cargo del ministro Javier Laynez Potisek, plantea la invalidez de las segunda parte del Plan B de AMLO porque el Congreso de la Unión (Cámara de Diputados y Senado de la República) incurrió en múltiples violaciones del proceso legislativo.

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Cabe recordar que, a mediados de mayo de este año, la SCJN invalidó la primera parte del Plan B por el mismo motivo, por lo que se espera que el sentido de la votación del resto de los ministros le dé la razón a Laynez Potisek.

Para diferenciar la primera parte de la segunda, la Corte informó que la primera parte de la iniciativa presidencial, que fue publicada en diciembre de 2022, es un paquete de modificaciones ala Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas; mientras que la segunda es a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a la Ley General de Partidos Políticos, a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como la expedición de Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

De acuerdo con el ministro ponente, se promueve la invalidez de la iniciativa porque se estima que, durante la aprobación del Decreto, “el Congreso de la Unión incurrió en múltiples violaciones graves al procedimiento legislativo, las cuales son suficientes para invalidar la totalidad del decreto impugnado, lo que es congruente con la doctrina jurisprudencial que la Corte ha sostenido en más de treinta asuntos y que recoge los requisitos mínimos para que un proceso legislativo sea válido”.

Esto quiere decir que la revisión del caso y la desacreditación de la Reforma Electoral del presidente López Obrador no se trata de un proceso de análisis de fondo sobre la redacción de éste, sino de una evaluación al procedimiento de los legisladores del bloque mayoritario (Morena, PT y PVEM) en el Palacio Legislativo de San Lázaro.

“La Cámara de Diputados jamás expuso razones para justificar el trámite urgente de las iniciativas; los legisladores no tuvieron oportunidad de conocer las propuestas porque no se publicaron ni se distribuyeron con la anticipación exigida por el Reglamento de la Cámara de Diputados y, lo más importante, tampoco gozaron de un plazo razonable para conocer lo que estaban votando, pues en total se trataba de reformas a más de quinientas disposiciones que nunca fueron dictaminadas, que presentaron en el momento de iniciar la sesión (11:04 de la noche) y que se aprobaron en tan solo cuatro horas”, se lee en el comunicado de la Corte.

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