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Gobernación no puede intervenir en salarios de ministros, responde Corte a Alcalde

El máximo tribunal del país destacó que la división de poderes establecido en la Constitución otorga independencia al Poder Judicial

Suprema Corte batea a Luisa María Alcalde y AMLO por elevados salarios
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación seleccionó a seis mujeres aspirantes al cargo de Magistrada de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM

La Suprema Corte de Justicia de la Nación afirmó que el poder Ejecutivo ni el Legislativo tienen facultades para exigirle que cumplan con el artículo 127 de la Constitución, en donde se establece que ningún funcionario puede ganar más que el presidente de la República, esto luego de una carta enviada a ese tribunal por la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, para conocer cómo cumple con lo dispuesto en ese mandamiento.

La Corte detalló que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal es vinculante solo para las dependencias y entidades que la integran, además de que la Constitución establece la división de poderes.

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El máximo tribunal destacó que el salario de ministros de la Suprema Corte, magistrados de circuito, jueces de distrito, consejeros de la Judicatura Federal y magistrados electorales no puede ser disminuido durante su encargo, ya que así lo establece el artículo 94 constitucional.

“Sin embargo, ello no impide que en ejercicio de su independencia y autonomía de gestión presupuestal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerza una autorregulación de las remuneraciones de sus integrantes bajo los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez que la propia Constitución establece”.

Por lo que el Pleno de la SCJN acordó que las remuneraciones de los 11 ministros serán disminuidas en 25% respecto de las percibidas en el ejercicio fiscal 2018. Además de que se revisarán y, en su caso, publicarán los montos de las remuneraciones de magistrados y jueces del Poder Judicial de lo Federación, conforme lo aprobado en el PEF 2019, que sus remuneraciones no sean disminuidas durante su encargo.

“Se declaró la invalidez de diversos artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, ya que el Poder Legislativo no estableció parámetros objetivos para fijar remuneraciones que garanticen las características que exige dicho numeral constitucional, empezando por el Presidente de la República, lo que influye en todo el sistema de remuneraciones, porque es referente máximo para la determinación del resto de salarios del servicio público”.

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