El reclutamiento de niños a las fuerzas del crimen organizado es un fenómeno que va al alza en México, alertó Juan Pablo Rodríguez, especialista en Protección a la Infancia del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef). Por ello urgió a la generación de un marco legal que atienda particularmente este fenómeno.
Durante el Encuentro por las Niñas, Niños y Adolescentes Expuestos a la Violencia en México organizado por Reinserta A.C., celebrado este lunes 23 de octubre en el Museo Memoria y Tolerancia (MMT), el especialista señaló que el reclutamiento de menores por parte de las fuerzas del crimen organizado atiende a la conjunción de múltiples factores, pero se reduce a que todos le fallaron a esos niños: familia, comunidad y gobierno.
Actualmente, a nivel federal, el reclutamiento se investiga conforme a lo que dicta la Ley de Trata; sin embargo, las características específicas de este delito, sugirió, requieren un trato especializado, pues, se debe de procurar, además de la impartición de justicia, la reinserción del menor en la comunidad.
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Por qué los niños se suman al crimen organizado
De entre las razones por las cuales los niños se suman a las filas de los generadores de violencia en México, Rodríguez González enlistó la violencia en el hogar, la violencia en la comunidad, la cercanía de la familia al crimen organizado, la precarización de la calidad de vida (pobreza), deserción escolar, trabajo infantil, aislamiento de las comunidades, abandono por parte de autoridades y el aspiracionismo de la llamada “narcocultura”.
Una vez dentro de una organización criminal, los menores suelen ser la “carne de cañón”; sin embargo, también son objeto de otras tareas que, aunque no sean violentas, no dejan de ser de alto riesgo por tratarse de servicios otorgados a personas peligrosas. Dichas tareas van desde responsabilidades domésticas como cocinar, limpiar y cuidar personas, hasta el halconeo en plazas públicas.
Cuántos menores reclutados hay en México
Al tratarse de un delito cuya tipificación no ha quedado clara, existe un subregistro de menores reclutados al crimen organizado, de hecho, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) señaló que los registros van desde los 35 mil hasta los 460 mil menores reclutados por el crimen organizado, principalmente el narco, por lo que urgió a la creación de un mecanismo legal que permita la atención de este crimen.
Mónica González, directora del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM señaló que los factores de violencia y precariedad son determinantes para decidir el futuro de los menores y su cercanía con el crimen organizado.
En abril de 2023 recordó que en 2015, último año en que México presentó su último informe acerca del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) le señaló que “esta clase de reclutamiento tendría que ser un tipo penal específico”.
Por lo que insistió en la necesidad de tener un marco jurídico que contemple este delito y atienda a los menores como víctimas de los grupos criminales.
Cómo se puede revertir el reclutamiento de niños
Juan Pablo Rodríguez advirtió que los mecanismos de violencia que afectan a menores y los vuelven parte de la delincuencia son prevenibles en la medida de que el Estado garantice bienestar a la población y que las instituciones investiguen y combatan el crimen con una perspectiva restaurativa.
Para rescatar a los menores que se sumaron a las organizaciones criminales se debe de garantizar el reconocimiento de estas personas como víctimas, reinsertarlos a comunidades libres de violencia y garantizar la reparación del daño que tuvieron en su calidad de víctimas, es decir, garantizarles el ejercicio de sus derechos como la educación, el sano esparcimiento, la alimentación sana y basta, derecho a la vivienda, al vestido, a la familia y a la felicidad.
Finalmente, la UNICEF manifestó su contento, con ciertas reservas, sobre la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Hidalgo (CPEH), promulgado el 3 de agosto de este año, mismo que promueve un mecanismo punitivo a cualquier persona que coopte a un menor para llevar a cabo tareas delictivas o coopere con una organización criminal.
En este sentido, sólo manifestó su extrañeza ante la definición de la víctima de reclutamiento, pues le pareció poco abundante y pareciera que pierde de vista las causas estructurales de este crimen; sin embargo, esta reforma local se entendió como un avance en materia de derechos humanos de los niños y adolescentes.
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Artículo 165 Bis.- Comete el delito de reclutamiento de una niña, niño o adolescente, quien reclute o utilice a un niño, niña o adolescente para que participe en la comisión de un delito previsto en el presente Código, y se le impondrá de 10 a 20 años de prisión y multa de 100 a 200 días.
Artículo 165 Ter.- Se impondrá el doble de la punibilidad que corresponda, cuando en la comisión del delito previsto en el artículo 165 bis, concurra alguna de las siguientes circunstancias:
I. Sea cometido por el ascendiente, adoptante o tutor de la víctima o un familiar en línea colateral hasta el segundo grado; II. Sea cometido por la persona que tenga a la víctima bajo su custodia, guarda o educación; III. Se ejerza violencia en contra de la víctima; IV. La víctima se encuentre en condición de orfandad, situación de calle, abandono familiar, discapacidad o migración; o V. Sea cometido por un servidor público de una institución de seguridad pública o de procuración de justicia.