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¿Qué es el ‘voto útil’ y ‘declinar en favor’ de un candidato?

Conoce la definición de estas prácticas políticas y términos que resonarán en las últimas semanas de las campañas presidenciales

Xóchitl-Gálvez-Máynez
Máynez y Xóchitl

Ante las próximas elecciones que celebrarán el 2 de junio, millones de mexicanos comienzan a encontrarse y escuchar términos muy técnicos del proceso electoral, entre ellos el “voto útil” así como el “declinar en favor”. Por ello Publimetro se tomó la tarea de explicar la definición de algunas expresiones políticas que escucharás rumbo a los comicios más grandes en la historia de México.

Como contexto, los términos del “voto útil” así como las peticiones para “declinar” en favor de alguna candidatura comienzan a resonar a estas alturas del proceso electoral 2023-2024 tras la polémica entre la candidata presidencial por la coalición ‘Fuerza y Corazón por México’, Xóchitl Gálvez, con el abanderado presidencial de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez, ya que la exsenadora del PAN hizo un llamado al emecista para que renuncie a la contienda presidencial.

¿Qué es el voto útil?

De acuerdo con la definición de la Real Academia Española (RAE), el voto útil es aquel “voto que ante una decisión se emite a favor de una opción que, aun no siendo la preferida, tiene mayores posibilidades de derrotar a otra cuyo triunfo no se desea”.

Con ello, se entiende a los recientes llamados que la coalición conformada por el PRI, PAN y PRD han hecho hacia los simpatizantes de Movimiento Ciudadano, solicitando el voto útil en favor de la abanderada presidencial así como de sus demás contendientes que participan por algún cargo en las elecciones en curso.

Por lo que el pasado martes, el presidente del PRI, Alejandro ‘Alito’ Moreno le pidió al único hombre dentro de la contienda presidencial, Jorge Álvarez Máynez, a declinar en favor de la aspirante presidencial, Xóchitl Gálvez, al mismo tiempo en el que hizo un llamado al “voto útil” durante la recta final de las campañas electorales y previo al tercer debate entre los aspirantes a suplir a López Obrador, actual presidente de la república.

Si antes del tercer debate, el candidato de MC declina en favor de Xóchitl y destina todo su tiempo aire para pedir el voto por Xóchitl Gálvez, yo renuncio a la dirigencia del PRI”, declaró el líder del partido tricolor.

¿Qué significa “declinar en favor” de algún candidato?

Pese a que es un término que tiene un resultado similar al del voto útil, cuando un contendiente “declina en favor de otro candidato” significa que los abanderados entraron en negociaciones para que uno de los dos deje de participar por el mismo cargo que el otro candidato, aportando los votos que el perfil abandonó la contienda a la persona que sigue participando en el ejercicio democrático.

Esta estrategia política, bajo el nombre de “declinar”, podría ser un movimiento peligroso por la manera radical en la que cambia el panorama electoral al igual que los resultados que se esperaban previo a la jornada de votaciones, pero nunca imposible.

¿Qué pasa si Máynez acepta y declina en favor de Xóchitl?

De acuerdo a las autoridades electorales así como la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, no existe procedimiento que haga referencia a la declinación en favor de otro candidato en especifico, sin embargo la ley sólo contempla la renuncia de candidatos.

Usando la polémica entre Máynez y Xóchitl como ejemplo, de acuerdo al artículo 241 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la sustitución de candidatos solo puede realizarse presentando una renuncia escrita ante el Consejo General.

Para realizar cambios en las candidaturas, es posible dentro del plazo establecido para los registros, una vez que concluya ese periodo, la renuncia se puede presentar hasta “treinta días anteriores al de la elección”.

Vencido el plazo a que se refiere el inciso anterior, exclusivamente podrán sustituirlos por causas de fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia. En este último caso, no podrán sustituirlos cuando la renuncia se presente dentro de los treinta días anteriores al de la elección. Para la corrección o sustitución, en su caso, de las boletas electorales se estará a lo dispuesto en el artículo 267 de esta Ley”.

Por lo que si Máynez acepta la propuesta de ‘AlitoMoreno, el emecista debería renunciar, pero debido a que ya estamos a 18 días de celebrar las elecciones más grandes en la historia de México, Movimiento Ciudadano no tendría oportunidad de incluir a un nuevo candidato presidencial.

¿Qué pasaría con las boletas?

Continuando con el ejemplo de la renuncia de Máynez en favor de la abanderada presidencial por la coalición ‘Fuerza y Corazón por México’, el zacatecano tendría que hacer un llamado al voto útil en favor de Xóchitl Gálvez, ya que a estas alturas las boletas electorales ya están impresas y si alguien selecciona a Máynez el 2 de junio, esos votos no contarán en favor de Álvarez Máynez ni de la panista, sino que solo serían tomados en cuenta para el partido Movimiento Ciudadano.

Esto ya que el artículo 267 de la LGIPE señala que no habrá modificaciones en las boletas ya impresas en caso de que algún candidato se baje de la contienda.

No habrá modificación a las boletas en caso de cancelación del registro o sustitución de uno o más candidatos, si éstas ya estuvieran impresas. En todo caso, los votos contarán para los partidos políticos y los candidatos que estuviesen legalmente registrados ante los Consejos General, locales o distritales correspondientes.

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