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Vacaciones con alivio al bolsillo: aplican descuentos de hasta 50% en autobús y tren

Estudiantes y docentes podrán viajar más barato durante el periodo decembrino

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El beneficio aplica en transporte federal y ferroviario para alumnos y maestros. (Especial)

Con motivo de las vacaciones decembrinas, el Gobierno de México inició con la aplicación de descuentos a viajeros de entre el 25% y hasta el 50% en el boleto de autobús y trenes de pasajeros, mismo que entrará en vigor a partir de este lunes 22 de diciembre del 2025 y hasta el próximo 6 de enero del 2026.

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) precisó que este beneficio aplicará únicamente estudiantes de todos los distintos niveles educativos y profesores, en todas las terminales del país.

Asimismo, la SICT indicó que este descuento aplicará, principalmente, en las unidades de autotransporte federal o de servicio ferroviario de pasajeros; así como los servicios de primavera y económico del autotransporte federal.

Para ser beneficiario de este programa, los viajeros deberán presentar una credencial vigente de la institución a la que pertenecen, por lo que las taquilleras harán efectivo dicho descuento.


“La medida publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) establece que, para hacer válido el descuento, deberán presentar ante los permisionarios del autotransporte y ferroviario de pasajeros su credencial vigente”, precisó la autoridad.

¿Descuento de viaje para estudiantes y maestros aplica para escuelas privadas?

Este documento deberá ser exclusivamente de las instituciones educativas siguientes:

  • Integradas a los sistemas de educación de la SEP
  • Direcciones o Departamentos de educación en las entidades federativas
  • Universidad Nacional Autónoma de México
  • Instituto Politécnico Nacional
  • Universidades de toda la República
  • Institutos
  • Escuelas Libres de Derecho, Comercio y Homeopatía
  • Colegio de Bachilleres
  • Las escuelas incorporadas a las antes mencionadas

En tanto, las quejas por infracciones a lo dispuesto en lo establecido en el DOF, en lo concerniente a la materia de tarifas ferroviarias, deberán presentarse ante la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario; y en caso de niveles de cobro del autotransporte, ante la Dirección General de Autotransporte Federal.

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