En México el acoso será castigado hasta con cuatro años de prisión a quien sin consentimiento realice acercamientos o vigilancia hacia una mujer, así lo aprobó este martes la Cámara de Diputados por unanimidad.
Con 440 votos a favor de los seis grupos parlamentarios, el Código Federal Penal será reformado esto con la finalidad de sancionar con pena de cárcel el acoso sexual y el acecho al género femenino.
La diputada de Acción Nacional, Lorena García Jimeno Alcocer, quien promovió esta reforma, señaló que el 70% de las mexicanas ha sufrido algún tipo de violencia a lo largo de su vida, según datos del Inegi, a la vez que millones de mujeres han reportado acoso en la calle, trabajo o escuela.
“La dignidad de una mujer no se negocia, la seguridad de una niña no se discute. El respeto no es opcional, es la base de una sociedad decente y hoy decimos fuerte: México no puede aspirar a ser un país moderno si sus mujeres viven con miedo”, destacó.
¿Cuántos años en prisión puede pasar un acosador?
De acuerdo con la iniciativa — que será turnada al Senado de la República para su aprobación — una persona llegará a pasar hasta cuatro años de prisión por cometer actos de acoso y hostigamiento, sin embargo, la pena aumentará cuando la víctima sea menor de edad o una adulta mayor.
“La pena aumentará hasta en una mitad cuando la conducta se realice contra una persona menor, adulta mayor, con discapacidad o en situación de vulnerabilidad. El delito será perseguido a petición de la parte ofendida”, precisa la propuesta.
Por ello, la reforma cambia el Capítulo I título Decimoctavo, como “Acecho, Amenaza y Cobranza Extrajudicial Ilegal”, a la vez que adiciona un artículo 281 Bis para estipular que se impondrá pena de dos a cuatro años y hasta cuatrocientos días de multa.
En tanto, el documento precisa que si este delito fue cometido por un servidor público, no solo será castigado con la destitución de su cargo, sino también será inhabilitado para ocupar cualquier otro cargo público.
