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Fútbol.- Telefónica acudirá al Supremo en su pugna con la CNMC por las emisiones del fútbol entre 2012 y 2015

Telefónica recurrirá al Tribunal Supremo la multa de diez millones de euros que la Comisión Nacional de los Mercados de la Competencia (CNMC) le impuso al estimar la existencia de actuación concertada con DTS en las emisiones de fútbol entre la temporada 2012/2013 y la 2014/2015.

Jesús Hellín - Europa Press - Archivo (Jesús Hellín, JESUS HELLIN/Europa Press)

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

Telefónica recurrirá al Tribunal Supremo la multa de diez millones de euros que la Comisión Nacional de los Mercados de la Competencia (CNMC) le impuso al estimar la existencia de actuación concertada con DTS en las emisiones de fútbol entre la temporada 2012/2013 y la 2014/2015.

La empresa ha confirmado a Europa Press que llevará a la última instancia esta sanción después de que la Audiencia Nacional desestimara su recurso y le cargara con las costas del proceso, tal y como ha adelantado este jueves ‘La Información’.

La multa total asciende a 15,5 millones de euros, ya que, posteriormente a los hechos bajo escrutinio legal, Telefónica compró DTS, la compañía que gestionaba Canal+ en España, que fue multada con otros 5,5 millones de euros.

La CNMC considera que ambas compañías llevaron a cabo una actuación concertada en la reventa y explotación de los derechos audiovisuales durante el mencionado periodo, lo que distorsionó la competencia efectiva en el mercado.

Entre los aspectos destacados por el regulador se encuentra que Telefónica de Contenidos, otra sociedad de Telefónica, era accionista y tenía dos consejeros en DTS, lo que podía permitirles conocer sus prácticas comerciales.

Como ejemplo de las prácticas que denuncia, la CNMC pone como ejemplo la comercialización de Canal + Liga de Campeones para la temporada 2012/2013.

En esta subasta, DTS limitó la presentación de ofertas a otro canal de comunicaciones electrónicas con canales nacionales, lo que excluyó de la posibilidad de concurrir a los operadores autonómicos y de TDT como Mediapro, que había explotado los activos en el anterior ciclo.

Asimismo, la Audiencia también señala la compra de bonos convertibles en acciones de Prisa por parte de Telefónica como otra prueba de los vínculos estructurales directos e indirectos entre ambas empresas.

Por su parte, Telefónica considera «legítimos actos de disposición patrimonial» por parte de ambas compañías los acuerdos denunciados por la CNMC, a la que acusa de apoyarse en «conjeturas» y «prejuicios infundados» para la sanción.

La firma «niega la existencia de prueba, ni directa ni de presunciones, que acredite la concertación global anticompetitiva entre DTS y TESAU, así como un reparto de roles en la adquisición y posterior comercialización de los derechos audiovisuales de las competiciones».

Asimismo, Telefónica también asegura que en el acta de los consejos donde se decidieron las ofertas mencionadas consta que las ofertas se realizarían «sin que se informara de las condiciones ni del precio a ofertar por la compañía con la finalidad de evitar posibles conflictos» para Telefónica y Mediaset, accionistas de DTS.

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