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AP EXPLICA: ¿Por qué se dilata debate de aborto en Colombia?

Un activista por el derecho al aborto sostiene una bengala frente a la Corte Constitucional mientras los jueces continúan las discusiones sobre la despenalización del aborto en Bogotá, Colombia, el jueves 3 de febrero de 2022. (AP Foto/Fernando Vergara Un activista por el derecho al aborto sostiene una bengala frente a la Corte Constitucional mientras los jueces continúan las discusiones sobre la despenalización del aborto en Bogotá, Colombia, el jueves 3 de febrero de 2022. (AP Foto/Fernando Vergara) (Fernando Vergara/AP)

BOGOTÁ (AP) — En Colombia se espera desde noviembre de 2021 que la Corte Constitucional falle sobre dos demandas que piden la despenalización total de aborto. Sin embargo, razones de forma y reglas del tribunal han dilatado desde entonces un fallo que de ser a favor de la despenalización sería histórico en el país sudamericano.

Las demandas exigen la eliminación del delito de aborto del código penal colombiano que actualmente da entre uno y tres años de cárcel a las mujeres que lo practiquen o quien con su consentimiento se lo realice.

Sin embargo, existen tres excepciones en las que el aborto está permitido desde 2006: cuando la salud física o mental de la mujer está en peligro; por malformaciones del feto incompatibles con la vida; y cuando sea víctima de acceso carnal, inseminación artificial no consentida o incesto.

La corte tiene planeado debatir de nuevo la demanda el jueves, luego de que la semana pasada no llegara a un acuerdo. Activistas a favor y en contra del aborto se han manifestado en frente de los tribunales cada vez que el órgano se reúne para ejercer presión.

¿POR QUÉ LA CORTE NO HA EMITIDO UN FALLO?

La Corte Constitucional colombiana tenía hasta el 19 de noviembre de 2021 como plazo máximo para decidir sobre dos demandas que piden la despenalización total de aborto en Colombia. Pero un día antes se suspendieron los términos, con lo que dejó de contabilizarse el tiempo hasta tanto no se resolviera si el magistrado Alejandro Linares estaba impedido para decidir sobre las demandas de aborto por hablar en la prensa sobre el tema cuando estaban próximos a decidir, lo cual está prohibido para los jueces en Colombia.

Para zanjar la discusión fue elegido un conjuez, es decir un jurista que en caso de empate o falta de quorum participa en la deliberación y votación en reemplazo de un magistrado. La corte está compuesta por nueve magistrados y para tomar una decisión sobre cualquier caso deben votar cinco de ellos en un mismo sentido.

El magistrado Linares fue declarado impedido el 20 de enero y se apartó de la discusión. Una semana después, la corte votó sobre el fondo de la demanda y quedó en un empate.

Para desempatar el tribunal eligió dos conjueces, uno para cada demanda. Sin embargo, uno de ellos, Juan Carlos Henao, fue recusado (una solicitud para que pierda la competencia en el caso por falta de imparcialidad) por haberse referido en el pasado al aborto. La corte recibió más de 50 solicitudes de recusación, la mayoría de personas en contra de la despenalización del aborto.

Ante la dificultad de decidir sobre las recusaciones contra Henao fueron elegidos otros dos conjueces: Ruth Stella Correa y Mauricio Fajardo.

A esto se suma que la magistrada Cristina Pardo se declaró impedida para votar sobre las recusaciones debido a que en 2014 cuando ejercía el cargo de secretaria jurídica de la Presidencia de Colombia presentó una objeción de conciencia sobre una ley que indicaba que una mujer que hubiera resultado embarazada tras ser víctima de acceso carnal violento podía abortar.

¿CUÁNTO PUEDE TARDARSE EN RESOLVER LAS DEMANDAS DE ABORTO?

No hay un plazo máximo en el que la corte deba decidir cuando los términos están suspendidos, debido a que es una facultad que tiene la corte para aplazar el vencimiento de términos fijados por la ley para proferir decisiones por causas establecidas por la ley, las cuales casi siempre son fortuitas o imprevisibles, explicó a The Associated Press Néstor Osuna Patiño, doctor en Derecho.

LOS ARGUMENTOS A FAVOR Y EN CONTRA DEL ABORTO

Causa Justa —un movimiento que agrupa organizaciones y líderes a favor de la interrupción voluntaria del embarazo— interpuso una de las demandas alegando que el delito de aborto viola los derechos de las mujeres a una vida digna, a la igualdad, al libre desarrollo de la personalidad, la salud y educación.

“Nosotros tenemos un modelo donde el aborto es un derecho humano fundamental en tres circunstancias y al mismo tiempo es un delito, eso crea una situación paradójica y difícil. Pedimos que se elimine el delito y con ello que ninguna mujer vuelva a ser perseguida ni castigada por realizarlo”, dijo a la AP Ana Cristina González, pionera de Causa Justa.

Alrededor de 250 mujeres han sido condenadas por el delito de aborto desde el 2005, siendo las menores de edad y las habitantes de zonas rurales las más sancionadas, de acuerdo con un informe de Causa Justa publicado el año pasado.

Quienes están en contra del aborto se autodenominan grupos “pro-vida” porque aseguran que el derecho a la vida de los niños es “inviolable” desde el momento de la concepción, algunos de ellos por razones religiosas en un país de tradición católica.

“Lo que necesita una mujer es apoyo: políticas públicas serias que permitan que sus hijos nazcan y reciban la mejor educación y no que los maten desde el vientre. Lo fácil es el aborto porque eliminamos a los pobres, es lo más vil decir que una persona pobre no tiene derecho a nacer”, indicó a la AP Jonathan Silva, activista de Unidos por la Vida, un grupo que presentó una de las recusaciones.

Además, cuestionan que la Corte Constitucional sea la competente para resolver el caso, sugieren que lo haga el Congreso, aunque allí se han tramitado más de 30 proyectos del tema sin éxito.

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