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Solo por estas causas podrán llevar a tu coche al corralón en CDMX

El Gobierno de la CDMX eliminó 41 causales por las que se puede remitir un vehículo al corralón.

El GCDMX hizo modificaciones al Reglamento de Tránsito. Foto: Cuartoscuro (Moisés Pablo)

El Gobierno de la Ciudad de México dio a conocer modificaciones al Reglamento de Tránsito, entre las que destacó la baja de 41 causales para remitir un vehículo al corralón, es decir, de 77 que hay actualmente, a parir del 4 de abril únicamente quedarán 36.

De acuerdo con el secretario de Seguridad Ciudadana, Omar García Harfuch, la reducción de causales se da con la finalidad de erradicar la corrupción.

Aunque no dieron a conocer la lista completa de las causales que se eliminan destacaron:

  • Vehículos con placas foráneas que sean detenidos por la comisión de alguna de las infracciones del reglamento
  • Ir en sentido contrario
  • Por realizar reparaciones a vehículos en la vía pública
  • Cuando la licencia de conducir no está vigente
  • Cuando la tarjeta de circulación no esté vigente

Causales para remitir el vehículo a corralón

Entre los 36 supuestos, algunos son:

  • Estacionarse sobre banquetas, ciclovías y cruces peatonales
  • Estacionarse en vías primarias
  • Invadir carriles confinados al transporte público
  • Estacionarse en establecimientos bancarios, hospitales, frente a entradas y salidas de vehículos de emergencia
  • Estacionarse en doble fila o más
  • Estacionarse en cajones exclusivos para personas con algún tipo de discapacidad
  • Cuando conductores de transporte escolar o de carga no cuenten con licencia vigente de acuerdo al tipo de vehículo
  • No pasar el alcoholímetro
  • Circular con una sola placa

Liberación en corralones

Autoridades capitalinas además dieron a conocer que los requisitos y procesos para liberación de vehículos de corralones serán simplificados y reducidos, ahora solo deberán:

  1. Comprobar propiedad (Identificación oficial que corresponda con el nombre de la tarjeta de circulación o copia única del último cambio de propiedad, puede ser factura, endoso, contrato de compraventa)
  2. Pago de infracción que se puede realizar directamente en el depósito vehicular

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