MADRID, 18 (EUROPA PRESS)
Las demoras para la solicitud y renovación de los títulos de familia numerosa han seguido siendo motivo de queja ante el Defensor del Pueblo tras el Estado de Alarma declarado con motivo de la pandemia de la Covid-19, según se desprende del informe del Defensor del Pueblo 2021.
En el informe anterior ya se dejaba constancia de las «dificultades» surgidas para este trámite durante el Estado de Alarma y de la medida, adoptada por algunas comunidades autónomas, de prorrogar automáticamente la vigencia de los títulos.
Si bien, Ángel Gabilondo constata en su Informe de 2021 que, una vez finalizado el Estado de Alarma, y con las imprescindibles medidas de cautela impuestas por la crisis sanitaria, «las demoras en el reconocimiento y renovación de esos títulos siguen siendo motivo de reclamación».
Según precisa, destacan los mayores retrasos detectados en algunas comunidades autónomas. Respecto a la Junta de Andalucía, señala que en las reclamaciones tramitadas durante 2021, aun cuando la tramitación excede el plazo previsto de 90 días, las solicitudes se resuelven con algo menos de tardanza, en torno a los cuatro o cinco meses.
En el mismo sentido, pone el ejemplo de la Comunidad Valenciana, que ha informado de la resolución de varias solicitudes en la provincia de Alicante en el plazo de 5 ó 6 meses.
Por otra parte, el Defensor del Pueblo ha seguido recibiendo quejas de familias que, debido a sus circunstancias personales y composición, «se ven obligadas a renovar el título en un período de tiempo muy corto».
La Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, no contempla un plazo determinado para la renovación del título, por lo que cada comunidad autónoma ha establecido sus propias normas.
«Teniendo en consideración que los tiempos de tramitación cada vez son más largos, llega a producirse la circunstancia de recoger un título con vigencia desde la fecha en que fue solicitado, pero que tiene que renovarse en solo tres meses. Esto supone que durante un período considerable, cada año, la familia no puede ejercer los derechos que le reconoce el título como el bono social o los descuentos de transportes», advierte Gabilondo en su informe.
Asimismo, el Defensor del Pueblo deja constancia de la necesidad de modificar la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas que, a su juicio, «requiere mejoras y adaptaciones a la evolución social, jurídica, económica y demográfica del país, después de casi veinte años de vigencia».
Dicha necesidad se pone «reiteradamente» de manifiesto a raíz de las quejas recibidas y ha sido reconocida, según la institución, «por los sucesivos gobiernos que, tal como contempla la disposición final quinta de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, deben presentar a las Cortes Generales un proyecto de reforma a la mayor brevedad».
Según la información facilitada al Defensor del Pueblo por la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, y recogida en el informe, para llevar a cabo este proyecto, la Administración decidió contar con la asistencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Según se lee en el documento, el proyecto contaría con una duración prevista de doce meses, a partir de su inicio formal, que tuvo lugar en septiembre de 2020, siendo su objetivo el de obtener la visión más precisa sobre las fortalezas y debilidades del actual sistema de protección familiar, así como de recibir propuestas de mejora, que se incorporarán al diagnóstico del proyecto.
Una vez culminada la fase de diagnóstico, se completaría el análisis comparativo y, con las orientaciones finales, se deberá avanzar en la elaboración de una propuesta normativa de protección a las familias en su diversidad en España, incluyendo la relativa a las familias numerosas. Al finalizar 2021, según precisa el Defensor, no se les había informado sobre la conclusión de ese proceso.