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Españ El Defensor del Pueblo inicia actuación de oficio para esclarecer el uso de Pegasus y pide información al CNI

Investigará si las presuntas interceptaciones de comunicaciones se han llevado a cabo con respeto a la Constitución y el ordenamiento jurídico

Investigará si las presuntas interceptaciones de comunicaciones se han llevado a cabo con respeto a la Constitución y el ordenamiento jurídico

MADRID, 26 (EUROPA PRESS)

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha iniciado una actuación de oficio ante el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) con la finalidad de comprobar si las presuntas actuaciones de interceptación de comunicaciones mediante el sistema de espionaje Pegasus –a las que vienen aludiendo los medios de comunicación– «se han llevado a cabo, en su caso, con pleno respeto a las garantías establecidas en la Constitución y en el ordenamiento jurídico», según fuentes del Defensor.

Tras la apertura del expediente, Ángel Gabilondo ha remitido a la directora del CNI, Paz Esteban, un escrito en el que le comunica la apertura de la actuación de oficio.

PREGUNTA AL CNISOBRE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PREVIA

Además, en el texto solicita a Esteban determinadas informaciones relativas a los protocolos internos sobre la intervención de comunicaciones, sobre la autorización judicial previa a estas intervenciones y sobre la utilización del ‘spyware’ Pegasus.

La decisión de abrir esta investigación se produce después de que la página Citizen Lab publicara que 63 independentistas catalanes han sido presuntamente espiados a través del sistema Pegasus y de Candiru. Esto ha provocado las protestas de los presuntamente espiados y la amenaza de ERC de no apoyar la agenda legislativa del Gobierno, entre otras cosas, el Real Decreto que se lleva el jueves al Parlamento para convalidar las medidas contra los efectos de la guerra de Ucrania.

Fuentes del Defensor del Pueblo aseguran que este considera, además, que es conveniente que se constituya cuanto antes la Comisión de Secretos Oficiales en el Congreso de los Diputados –que no ha podido reunirse en los últimos tres años– como instrumento de control ordinario de la actividad del CNI, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo.

Así, precisan que con esta iniciativa del Defensor del Pueblo se trata de contribuir al «buen funcionamiento de las instituciones del Estado» y de velar por el respeto de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, asuntos que consideran «de interés general para la ciudadanía».

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