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¿Qué vehículos no circularán el miércoles por la contingencia ambiental?

Desde la tarde del lunes se activó la Fase 1 por ozono, ya que no hay suficiente viento para dispersar los contaminantes

Desde las 5:00 y hasta las 22:00 horas del miércoles se establecieron limitaciones para la circulación de varios automóviles FOTO: VICTORIA VALTIERRA/CUARTOSCURO.COM

Las condiciones ambientales en el Valle de México no mejoraron la tarde de este martes, por lo que no fue posible que se levantara la Fase 1 de contingencia ambiental, así lo dio a conocer la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe).

Debido a esto se establecieron diversas restricciones para ayudar a mejorar la calidad del aire, entre ellas limitar la circulación de algunos vehículos.

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De acuerdo con las autoridades, desde las 5:00 y hasta las 22:00 horas del miércoles no podrán circular los siguientes vehículos:

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8, y 0 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00″, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4
  • Los vehículos de uso particular con matrícula foránea que no porten holograma de verificación vehicular, serán considerados como holograma Dos
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR
  • Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX
  • Los taxis con holograma de verificación “1″ o “2″ que deban dejar de circular de acuerdo con las disposiciones indicadas
Contingencia ambiental 3 de mayo 2022. FOTO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM. (Andrea Murcia/Andrea Murcia)

Sin embargo, este tipo de vehículos son los únicos que no tienen limitación para circular en el Valle de México:

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento
  • Vehículos que porten holograma “00″ o “0″ cualquiera que sea su uso, con excepción de los vehículos con engomado color rojo, terminación de placa 3 y 4
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación contra Covid-19 y que porten folio de cita
  • Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.)
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes
  • Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto
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