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Españ La Junta Electoral mantiene a Podemos fuera de la coalición de ‘Por Andalucía’

La Junta Electoral de Andalucía (JEA) ha rechazado el escrito de subsanación que pedía incluir a Podemos en la coalición ‘Por Andalucía’ registrado a última hora de este domingo por la recién acordada coalición ‘Por Andalucía’ –fruto de un pacto alcanzado a última hora del pasado viernes entre Podemos, Izquierda Unida, Más País Andalucía, Verdes Equo, Alianza Verde e Iniciativa del Pueblo Andaluz– para pedir “subsanar” el escrito de constitución de la coalición que se presentó el pasado viernes, 6 de mayo, para incluir a las seis citadas formaciones, y no dejar fuera a Podemos y Alianza Verde.

EUROPA PRESS (EUROPA PRESS/Europa Press)

SEVILLA, 9 (EUROPA PRESS)

La Junta Electoral de Andalucía (JEA) ha rechazado el escrito de subsanación que pedía incluir a Podemos en la coalición ‘Por Andalucía’ registrado a última hora de este domingo por la recién acordada coalición ‘Por Andalucía’ –fruto de un pacto alcanzado a última hora del pasado viernes entre Podemos, Izquierda Unida, Más País Andalucía, Verdes Equo, Alianza Verde e Iniciativa del Pueblo Andaluz– para pedir «subsanar» el escrito de constitución de la coalición que se presentó el pasado viernes, 6 de mayo, para incluir a las seis citadas formaciones, y no dejar fuera a Podemos y Alianza Verde.

Según han informado a Europa Press fuentes de la JEA, el escrito de subsanación presentado por el representante general de la coalición ‘Por Andalucía’, Francisco Javier Camacho (IU), ha sido rechazado por la JEA en la reunión celebrada en la mañana de este lunes y se abre un plazo a las 23.59 horas de este martes 10 de mayor para recurrir ante la Junta Electoral Central (JEC).

Dicho escrito fue presentado por la coalición ‘Por Andalucía’ sobre las 22.30 horas de este domingo, 8 de mayo, tras la decisión de la JEA, anunciada este pasado sábado, de «no aceptar la solicitud de constitución» de la citada coalición electoral que integraba a seis organizaciones políticas «al haberse presentado la solicitud una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo 44.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General» (Loreg).

Contra dicho acuerdo cabía interponer recurso a resolver por la Junta Electoral Central (JEC), y que debía interponerse ante la JEA «dentro de las veinticuatro horas siguientes a su notificación, entendiéndose que el plazo concluye el día siguiente a aquel en el que se notifique el acuerdo», según especificaba la Junta Electoral de Andalucía en su resolución dictada este pasado sábado, 7 de mayo.

Sin embargo, fuentes de la coalición ‘Por Andalucía’ consultadas por Europa Press indicaban este domingo que «la denegación de la coalición que se registró fuera de plazo no se va a recurrir» porque asumen que «no prosperaría» ese posible recurso, de modo que los «equipos jurídicos» de las seis organizaciones implicadas en esta confluencia «estudian otras vías de subsanación y otras vías para encontrar un encaje político» al acuerdo alcanzado.

En ese sentido, desde la coalición registraron el escrito de subsanación, ahora rechazado, en el que se esgrimía que el escrito de constitución de ‘Por Andalucía’ que se presentó el pasado viernes ante la JEA «no se correspondía con la realidad del pacto político alcanzado por seis formaciones políticas que constan en el pacto de coalición» que «fue anunciado públicamente antes de su presentación en registro».

«ERROR MATERIAL»

Desde ‘Por Andalucía’ argumentaban en su escrito de este domingo que, «siendo notorio dicho acuerdo político, ha de considerarse un error material la aportación del escrito en el que solo figuran cuatro de las seis formaciones políticas que alcanzaron dicho acuerdo –en referencia a IU, Más País Andalucía, Iniciativa del Pueblo Andaluz y Equo– y de la voluntad de las seis formaciones de concurrir en coalición a los próximos comicios autonómicos».

Así las cosas, el representante de la coalición solicitaba a la JEA que «tenga por subsanado el error material apreciado, y por debidamente aportado y presentado el acuerdo de la coalición constituido conforme al acuerdo alcanzado dentro de los diez días posteriores a la convocatoria electoral». «Subsidiariamente, para el supuesto de que no se admitiese la subsanación, ha de entenderse se mantenga inalterada la coalición registrada en sus originales términos», concluye pidiendo el escrito.

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