MADRID, 25 (EUROPA PRESS)
Según publica este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Justicia, ha aprobado conmutar a María Sevilla Sánchez la pena privativa de libertad por otra de dos años de prisión, y la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad por 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años.
Los hechos por los que fue condenada Sevilla en 2020 ocurrieron en el año 2017 cuando la expresidenta de Infancia Libre desapareció con su hijo mayor después de que un juzgado le hubiera concedido la custodia del menor al padre del mismo, que había sido denunciado por abusar sexualmente del niño, algo que no fue probado por el juzgado, que archivó la causa. En 2019, fue detenida en Cuenca donde residía con dus dos hijos y a los que tenía sin escolarizar. Desde entonces, el menor convive con el padre.
El Ministerio Fiscal defendió rebajar la pena de cárcel y fijarla "exclusivamente" en dos años de prisión al considerar que se trataba del primer delito por el que Sevilla fue condenada, aunque se opuso al indulto total por la "contumacia en impedir la relación entre padre e hijo" y en "desoír las resoluciones judiciales dictadas que la obligaban a facilitar y restablecer dicha relación".